El Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) dio la admisibilidad a ocho de las 25 empresas que desean brindar servicios de telecomunicaciones. Entre las admitidas hay un Café Internet.
La SUTEL aprobó la admisibilidad de los requisitos de solicitud de autorización que constituyen el inicio del proceso para que las empresas brinden servicios de telefonía y transmisión de datos.
El Presidente del Consejo de la SUTEL, George Miley, explicó que “con la apertura de las telecomunicaciones se muestra una señal de gran dinamismo en el mercado, tanto en cantidad de empresas como en la diversidad de los servicios”.
Las empresas solicitantes cumplieron con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros definidos por la SUTEL, por lo que procede admitir su petición para la etapa de análisis.
Las empresas que han pasado la etapa de admisibilidad son:
Empresa Dodona SRL (Amnet)
Servicios propuestos
Servicios convergentes, transmisión y conmutación de datos, servicio de telefonía IP, voz sobre Internet, acceso a redes informáticas, servicios portadores, servicios de valor agregado (facsímiles, video-conferencia, televisión por suscripción).
La SUTEL aprobó la admisibilidad de los requisitos de solicitud de autorización que constituyen el inicio del proceso para que las empresas brinden servicios de telefonía y transmisión de datos.
El Presidente del Consejo de la SUTEL, George Miley, explicó que “con la apertura de las telecomunicaciones se muestra una señal de gran dinamismo en el mercado, tanto en cantidad de empresas como en la diversidad de los servicios”.
Las empresas solicitantes cumplieron con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros definidos por la SUTEL, por lo que procede admitir su petición para la etapa de análisis.
Las empresas que han pasado la etapa de admisibilidad son:
Empresa Dodona SRL (Amnet)
Servicios propuestos
Servicios convergentes, transmisión y conmutación de datos, servicio de telefonía IP, voz sobre Internet, acceso a redes informáticas, servicios portadores, servicios de valor agregado (facsímiles, video-conferencia, televisión por suscripción).
Intertel Worldwide S.A.
Servicios de telefonía pública prepago, utilizando sistemas de telefonía sobre protocolo de Internet.
R&H Internacional Telecom Services S.A.
Servicios VOIP Residencial, VOIP Empresarial, VOIP Trunking SIP, Código de acceso internacional y Números de acceso internacionales.
Worldcom de Costa Rica S.A.
Servicios de acceso a Internet por medios inalámbricos de banda ancha y por módem tradicional vía línea telefónica, servicios de telefonía de voz por IP tradicional internacional sin requerimiento de numeración nacional, implementación de redes corporativas de transmisión de cualquier tipo de información digital, y servicios avanzados de monitoreo y control de redes residenciales o corporativas.
Callmyway NY S.A.
Servicios de telecomunicaciones en su modalidad de servicio de voz por Internet sobre el protocolo SIP en la modalidad prepago.
Redes Inalámbricas de Costa Rica S.A.
Servicios de redes corporativas mediante tecnología inalámbrica y servicio de Internet mediante tecnología inalámbrica.
Junta Administradora del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC)
Servicios de telecomunicaciones en su modalidad de Televisión por cable, modo (CATV) Analógico e Internet.
El Café Internet que ha pasado la etapa de admisibilidad es:
Café Internet
Cyber Conexión, Jorge Solera Alfaro
Servicio de Café Internet y telefonía VoIP en su local comercial.
Las restantes empresas continúan en la etapa de admisibilidad de sus peticiones, que serán resueltas en los próximos días.
A partir de este momento, cada empresa deberá publicar un edicto en La Gaceta y en un diario de circulación nacional, en un plazo de siete días calendario, según lo establece el artículo 39 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones.
Una vez publicado el edicto se disponen de 10 días hábiles para que se presenten objeciones a las propuestas de los nuevos servicios. En caso que hayan objeciones, el petente tendrá cinco días para dar respuesta a las objeciones planteadas. Finalmente, la SUTEL deberá resolver la petición de servicios de telecomunicaciones en un plazo máximo de 60 días.
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