jueves, 29 de abril de 2010

DECRETADO DÍA DEL PERIODISTA COSTARRICENSE

El Presidente de la República, Óscar Arias Sánchez firmó, este 28 de abril, el decreto del Día Nacional del Periodista Costarricense, iniciativa que nace del esfuerzo de la Junta Directiva por resaltar la labor de los comunicadores.

El 30 de mayo recuerda el atentado terrorista de La Penca de 1984, fecha que queda establecida como Día Nacional del Periodista. El acto contó con la presencia de algunos de los sobrevivientes de La Penca y familiares del comunicador Parmenio Medina Pérez, víctimas del periodismo valiente y comprometido.

José Rodolfo Ibarra sobreviviente de La Penca, manifestó que el decreto refresca la memoria histórica de la nación, el trabajo periodístico y la protección de la libertad de expresión. “En nombre de los colegas que han recorrido las calles de este país en busca de información para hacerla llegar a la ciudadanía, de los colegas que ya no están y por los que dijeron y fueron callados, doy gracias porque esta fecha pasará a la Historia y será recordada por las nuevas generaciones”.
El Presidente de la República, Óscar Arias Sánchez, recordó el atentado, ¿por qué tuvimos que esperar 26 años para declarar este día?. “Cuando asumí el poder en 1986, expulsé a la Contra de Costa Rica, nosotros les dimos la excusa a la gente que quiso poner las bombas para acabar con los periodistas que cubrían la información y les dimos excusas, porque el territorio de Costa Rica era usado abiertamente por la Contra, aunque decíamos que éramos neutrales”.

Raúl Francisco Silesky Jiménez, presidente del Colegio de Periodistas, afirmó que esta celebración no estaba en Costa Rica y nace a partir de un hecho lamentable y del ejercicio profesional de decir la verdad de los hechos. “En otros países muere gente haciendo esta labor, en el país hay roces entre políticos y prensa, eso es normal. Encuentros y desencuentros. Es en ese conflicto que se forja la democracia porque no hay posibilidad de democracia sin libertad. Es en ese diálogo que podemos llegar a acuerdos, buscando siempre la verdad”.

Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia, recalcó la labor de la prensa no hay democracia sin libertad ni libertad sin responsabilidad, uno de esas libertades es la libertad de informar y el derecho de estar debidamente informado. “La libertad de prensa es un derecho y una enorme responsabilidad, quien la ejerce debe aspirar éticamente a decir la verdad de los hechos objetividad porque esa es la mejor forma de ayudar al otro y ejercer el derecho de estar debidamente informado”.

Muchos periodistas que han muerto, acallados después de buscar la verdad. En Costa Rica Jorge Vargas Gené, Linda Fraiser, Jorge Quirós, Evelio Sequeira, Parmenio Medina e Ivannia Mora son nombres que dieron sus vidas por la libertad de prensa.

Otros colegas, también en el ejercicio profesional recibieron terribles heridas que los han marcado, como Nelson Murillo, Edgar Fonseca, William Céspedes, Carlos Vargas Gené, Gilberto Lopes, Roberto Cruz y José Rodolfo Ibarra a quienes les rodea la impunidad sobre el atentado terrorista de La Penca.

El Decreto busca que el olvido no se atañe a este hecho.
Elaborado por Juan José Arce Vargas.
Comunicación y Capacitación
Colegio de Periodistas profesionales en comunicación


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viernes, 23 de abril de 2010

28 piezas precolombinas decomisadas en Italia regresan al país

El acto de entrega será el 27 de abril

EL Museo Nacional recibirá el próximo martes 27 de abril, 28 piezas precolombinas provenientes de Italia y que fueron decomisadas en ese país Europeo en 1998. Las piezas serán entregadas, por parte de representates del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto al Departamento de Protección del Patrimonio Cultural ubicado en el edificio de Pavas, a las 10 a.m.

En la actividad, estarán presentes el Embajador Víctor Manuel Monge Chacón, Director General Administrativo – Financiero y el señor Miguel Angel Obregón López, Jefe del Departamento Diplomático, Dirección General del Servicio Exterior, así como la Directora del Museo Nacional, señora Rocío Fernández y la Jefa del Departamento de Protección del Patrimonio, señora Marlin Calvo. En la actividad se contará con la presencia del señor Diego Ungaro, Embajador de Italia en nuestro país.

Wendy Segura Calderón
Prensa
Museo Nacional

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lunes, 19 de abril de 2010

Nuevo reglamento consolida las garantías de los usuarios de telecomunicaciones

Comunicado de Prensa de la ARESEP: 19 abril 10.

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.- Usuarios tienen derechos y pueden reclamarlos
.- Operadores y proveedores obligados a cumplir condiciones de calidad, requisitos de contratos de adhesión, entre otros


Los usuarios disponen ahora de un instrumento que garantiza sus derechos respecto a los servicios de telecomunicaciones: el Reglamento de Protección al Usuario Final.

Este reglamento desarrolla los derechos de los usuarios, contenidos en el artículo 45 de la Ley General de Telecomunicaciones, tales como: portabilidad numérica, recibir el servicio de forma continua, acceder gratuitamente a los servicios de emergencia, recibir facturación exacta, obtener una compensación en caso de fallas del servicio atribuibles al operador, conocer los indicadores de calidad del servicio, no recibir facturación de un servicio que no se ha solicitado, entre otros.

La Junta Directiva de la Autoridad Reguladora es el ente encargado de emitir los reglamentos que aplica la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL). El reglamento de Protección al Usuario Final se publicó el pasado 15 de abril en La Gaceta, luego de repetir la audiencia pública que fue impugnada.

A partir de este momento los usuarios disponen de tres días hábiles para pagar los recibos a partir de su fecha de vencimiento; el derecho a no cancelar los cargos de conexión o reconexión del servicio si el operador no cumple con los plazos establecidos en el reglamento de calidad; su derecho a que se le cobren las comunicaciones de conformidad con el tiempo real de las mismas; el establecimiento de los aspectos mínimos que deben contener los contratos de adhesión; el detalle que debe incluir la factura de los servicios, entre otros.

SUTEL, entidad que deberá aplicar este reglamento, considera que la aprobación del mismo es un logro regulatorio, en el que se protege a los usuarios e incluso se combate el fraude en telecomunicaciones.

Cualquier usuario que considere que sus derechos han sido vulnerados, puede presentar la reclamación ante el operador o proveedor del servicio, el cual deberá brindar respuesta en el plazo máximo de 10 días naturales, si la respuesta que brinda es omisa o insatisfactoria, puede presentar la queja ante la SUTEL por medio escrito.








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miércoles, 14 de abril de 2010

Hasta $2 mil para compras en Golfito

Comunicado de la fracción del PAC:
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Depósito Libre Comercial

* Reforma aprobada restituye poder de compra
* Ministerio de Hacienda deberá revisar y actualizar el valor de la tarjeta con base en criterios técnicos

Los consumidores que visiten el Depósito Libre Comercial de Golfito (DLCG) a partir de la entrada en vigencia de una nueva ley aprobada por la Asamblea Legislativa, podrán adquirir bienes hasta por $1000 cada seis meses, o $2000 por año (cerca de ¢1.050.000, a tipo de cambio actual).
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Los diputados aprobaron en segundo debate y con el apoyo de todas las fracciones legislativas, una reforma a la Ley 7012, Creación de un Depósito Libre Comercial en el Área Urbana de Golfito, que actualiza los montos fijados para realizar compras en el DLCG.
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Actualmente, los costarricenses y extranjeros que visitan el DLCG solo tienen derecho a realizar compras semestrales hasta por $500. Para la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (Judesur), el monto vigente es insuficiente y ha desincentivado la visitación.
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Datos de la Dirección General de Aduanas del ministerio de Hacienda, facilitados a la Asamblea Legislativa por Judesur, revelan que las visitas al DLCG cayeron cerca de un 25% entre los años 1997 y 2007.
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Alberto Salom Echeverría y Olivier Pérez González, diputados del Partido Acción Ciudadana (PAC), presentaron el proyecto en marzo de 2009, con el objetivo de restituir el poder de compra, incentivar las visitas a las comunidades de la Zona Sur del país y contribuir a dinamizar la economía local alrededor del DLCG.
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La nueva ley, impulsada por el PAC, también establece que el monto autorizado para compras será revisado y actualizado cada seis meses por Hacienda, con base en criterios técnicos. De esta manera, nunca más se depreciará el valor de la tarjeta de compra.
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El jefe de fracción del PAC explicó que > "> a partir del ahora, el valor de la tarjeta de compra, como se le conoce popularmente, se revisará periódicamente y bajo criterios técnicos. El ministerio de Hacienda deberá crear un índice de precios de los bienes que se transan en el depósito de Golfito para actualizar los montos> "> .
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Adicionalmente, con la nueva ley, los concesionarios del DLCG podrán renovar sus permisos de operación cada diez años, siempre y cuando hayan > "> cumplido con las obligaciones establecidas en las leyes y los reglamentos que rigen la operación del depósito> "> .








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martes, 13 de abril de 2010

PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE SERVICIO

¢


Gasolina súper
Está en: 593,00
Queda en: 628,00
Aumento de: 35,00


Gasolina Plus 91
Está en: 566,00
Queda en: 597,00
Aumento de: 31,00

Diésel 0,05% S
Está en: 494,00
Queda en: 514,00
Aumento de: 20,00


Este aumento se espera para el próximo martes 20 de abril a más tardar.







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lunes, 5 de abril de 2010

Sala IV admite recurso por Políticas de Crédito del ICE

Impiden servicios de internet y multimedia en 3G
Alegan desigualdad en trato de institución pública


05 de abril 2010. La Sala Constitucional notificó esta mañana que le dio curso a un Amparo presentado contra el Instituto Costarricense de Electricidad, ICE, entre otras cosas por negarse a dar los servicios de internet y multimedia ofrecidos a quienes se pasaran de la tecnología conocida como TDMA a la llamada 3G.

Los hechos denunciados por el periodista José Rodolfo Ibarra, ante el máximo órgano judicial, indican que el ICE ha instaurado una llamada “Política de Crédito” que en su juicio considera violatorios de los principios de racionalidad del castigo, así como de igualdad.

Al parecer esta política se aplica a todo aquel que en alguna ocasión haya tenido atrasos en el pago de su recibo telefónico o que simplemente no tenga un comportamiento fiable para el ICE como el caso de quienes nunca han tenido un servicio telefónico.

Con este instrumento del que se desconoce su fundamentación jurídica, dice Ibarra: “se hacen ciudadanos de primera, segunda y hasta de una tercera categoría, discriminando así a quienes incluso, como yo, no tenemos ninguna deuda con la institución”.

En su alegato ante la Sala Constitucional Ibarra detalla que: “tengo igual derecho al trabajo y al estudio que los demás ciudadanos que si cuentan con estos servicios, que estos tipos de comunicaciones son de extrema importancia para la profesión que ostento, que no tengo ninguna deuda con la institución mencionada, que un castigo de ese tipo no está sustentado a derecho y es desproporcionado, que no he recibido respuesta del ICE a mi solicitud de conexión de los servicios, que me invitaron a migrar hacia una nueva generación tecnológica a cambio de mejores y novedosos servicios que ahora no me dan, induciéndome al engaño entre otras cosas, que nunca mencionaron en su publicidad o en su sito web (...), que quien estuviera en esa situación no sería objeto de recibir estos novedosos servicios, que toda institución está obligada a dar los mismos servicios -sin discriminaciones- a todo el público y más cuando se es cliente o usuario, que se me dio una sentencia sin juicio condenándome a un castigo desproporcionado y a todas luces injusto, que se viola el principio constitucional de acceso a la información pública”

El castigo por estas políticas de crédito del ICE va de seis meses a un año sin el disfrute de estos servicios.

También se alega en el recurso, que solicitó protección a la Contraloría de Servicios del ICE por diferentes vías pero esta nunca llegó, por lo cual acusa que al no recibir respuesta se violentó también el derecho de libre petición y pronta respuesta consagrada en la Constitución Política.






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