lunes, 30 de noviembre de 2009

NOS TOCA A NOSOTROS CAMBIAR

Discurso del Presidente Óscar Arias en el marco de la XIX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, que se realiza en Portugal.

Óscar Arias Sánchez
Presidente de la República de Costa Rica
XIX Cumbre Iberoamericana de Jefes
de Estado y de Gobierno
Innovación y conocimiento
Estoril, Portugal
30 de noviembre de 2009



Excelentísimos señores Jefes de Estado y de Gobierno de Iberoamérica, amigas y amigos:

Parece propicio que sostengamos esta cumbre sobre innovación en la tierra que inspiró la más épica historia de aventuras de la lengua portuguesa, y una de las mejores de las letras iberoamericanas: Os Lusíadas, de Luís de Camões. Y parece aún más propicio que nos preguntemos qué pasó desde la publicación de aquel libro fantástico, inundado de pasión por el descubrimiento; qué sucedió en Iberoamérica en estos quinientos años, que nos hizo perder la sed por buscar, por encontrar, por ser pioneros en la generación y transformación del conocimiento.

El rezago es culpa nuestra. Somos nosotros los que preferimos, en la apoteosis de la terquedad, continuar destinando nuestros recursos económicos, humanos y naturales al más desvariado set de prioridades. Somos nosotros los que preferimos erigir monumentos a los caudillos y a los generales, y no a los pensadores ni a los científicos. Somos nosotros los que preferimos gastar en un helicóptero de guerra, que en 5.000 becas para nuestros jóvenes; en un avión de combate, que en 200.000 computadoras portátiles para nuestros estudiantes.

Este año, Latinoamérica gastará casi 60.000 millones de dólares en armas y soldados. Algunos países de la región han llegado al punto de destinar más del 3% de su Producto Interno Bruto a sus ejércitos, mientras ninguno, absolutamente ninguno, destina siquiera el 1% del PIB a investigación y desarrollo; un rubro en el que las naciones de la OCDE invierten, en promedio, 2.3% del PIB, y más del 3% en el caso de los países nórdicos.

La explicación para este fenómeno parece ser menos histórica que cultural. La idiosincrasia latinoamericana simplemente no tiende al progreso. Tenemos una cultura aferrada con las uñas al pasado, que ve en el cambio una amenaza y en la innovación un riesgo. Tenemos una cultura alérgica a la competencia y al desafío, que prefiere aguantar injusticias seculares que vulnerar privilegios establecidos. Tenemos una cultura suspicaz frente al sector privado y la iniciativa individual, que sigue creyendo que todo debe venir del Estado y que la empresa privada es una bestia de caza que es mejor amarrar. Y sobre todo, tenemos una cultura terriblemente propensa a repartir las culpas en los demás; una cultura que no asume su responsabilidad histórica, y que despilfarra su tiempo y su energía en un eterno juego de reproches y mutuas recriminaciones.

Los gobernantes siempre son reacios a admitir factores culturales como explicación del fracaso de ciertas políticas. En parte tienen razón, porque muy a menudo ésa ha sido la excusa perfecta de quienes quieren evadir los compromisos. Pero hoy les digo que negar estos rasgos idiosincrásicos es obviar el elefante en el cuarto.
Si queremos aspirar seriamente al desarrollo, si queremos en verdad hacer de la innovación nuestro ariete para el progreso, empecemos por denunciar estas prácticas, empecemos por alzar la voz y por cambiar lo que está en nuestro poder cambiar. Empecemos por detener la demencial carrera armamentista en la región, y empleemos esos recursos en mejorar la calidad de vida de nuestros pueblos. Empecemos por aumentar nuestro gasto en investigación y desarrollo, y en particular por promover ese gasto en el sector privado. Empecemos por favorecer la competencia en nuestras naciones, pero no sólo la competencia de productos, sino también la competencia de ideas. Empecemos por reconocer, y seremos otra vez la orgullosa descendencia de Os Lusíadas.

Muchas gracias.










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jueves, 26 de noviembre de 2009

Rechazan de plano Acción contra matrimonios del mismo sexo

SALA CONSTITUCIONAL

SC-CP-54-09
San José, 25 de noviembre de 2009.

LA SALA CONSTITUCIONAL RECHAZA DE PLANO LA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LOS ARTICULOS 14 INCISO 6) Y 242 DEL CODIGO DE FAMILIA

El licenciado Hermes Navarro del Valle presentó una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 14 inciso 6) y 242 del Código de Familia, por presumir que violan los derechos y las garantías individuales, sociales y religiosas. Navarro sostiene que los credos religiosos tienen el derecho a celebrar uniones o matrimonios de personas del mismo sexo, mientras que los artículos cuestionados no lo permiten, impidiendo la formalización legal del matrimonio.

La Sala Constitucional consideró que el accionante no tenía legitimación para presentar la acción, por lo que procedió a rechazarla de plano por sentencia 2009-17949 de las 14:59 hrs. del 25 de noviembre de 2009. Los Magistrados Vargas y Jinesta redactarán una nota al respecto.

Los artículos en cuestión indican lo siguiente:

Artículo 14. Es legalmente imposible el matrimonio:…6. Entre personas de un mismo sexo”.

Artículo 242.- La unión de hecho pública, notoria, única y estable, por más de tres años, entre un hombre y una mujer que posean aptitud legal para contraer matrimonio, surtirá todos los efectos patrimoniales propios del matrimonio formalizado legalmente, al finalizar por cualquier causa”.

Sala Constitucional








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¡Regresaron los autos usados al Parque de la Paz!

I-Com de Costa Rica
Agencia de Publicidad, Prensa, Relaciones Públicas
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Feria de Autos Usados


Comprar un vehículo es invertir el aguinaldo, no gastarlo.
¡“Esta es la Feria del Sí Se Puede”!

“Llega diciembre y nada más fastidioso que ir a hacer las compras en vehículos en mal estado, en taxis, en bus o hasta a pie. Por eso pensamos en poner al alcance de todos, los vehículos de más de 30 expositores. Con los mejores precios, vehículos con garantía y recién ingresados al país, justo en los días previos a la navidad. De ahí que hemos bautizado esta feria como la Feria del Sí se Puede, porque aquí si se puede comprar, sí se puede financiar, sí se puede llevar su auto para la casa y pasar una mejor navidad".

"Serán 3 días, donde la familia entera podrá apreciar nuestros autos y probarlos, luego escoger y llevárselos en el mismo momento para sus casas" así lo explicó Martha Elena Madrigal, presidenta de la compañía ServiAutos del Este S.A. organizadora de la Feria de Autos Usados que se realizará en el Parque de la Paz, parque de Mega Súper, a partir de mañana 26 y hasta el domingo 29 de noviembre. La Feria de Autos inicia a las 9 de la mañana a se cierra a las siete de la noche.

¿Qué tipo de autos?:
El contar con más de 20 expositores, propietarios de agencias de autos usados debidamente registradas y más de 200 vehículos, permite tener en un solo lugar autos de diferentes tipos: desde pequeños y baratos, de bajo cilindraje y motores livianos, más económicos, pasando por los cómodos cuatro puertas y deportivos, hasta los pick ups y rurales, en tracción sencilla o doble, en cabina sencilla o doble, diésel y gasolina, y en rurales todo terreno.

Financiamiento:
El dinero no será problema en la Feria de Autos Usados pues una empresa dedicada por años a la valoración y crédito de vehículos estará permanente en la exposición para resolver las inquietudes instantáneamente y autorizarle ahí mismo el crédito sobre su auto escogido. Usted se podrá llevar el vehículo de una vez, aunque sea a crédito.

De hecho, algunas agencias de vehículos usados cuentan desde hace mucho tiempo con empresas financieras que les respaldan y otorgan los créditos fáciles y rápidos para conseguir los vehículos.


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Para mayor información sírvase llamar al Telef. 2234-1864








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martes, 24 de noviembre de 2009

Estudiaron para Biología, pero se graduaron en Cívica

Por Lic. José Rodolfo Ibarra
Periodista

En los últimos días el país se ha visto conmocionado por lo que representó la decisión del Ministerio de Educación Pública, de repetir las pruebas de bachillerato en la materia de Biología.

El asunto no se quedó en la protesta en las aulas, fue más allá, a las calles y a la paralización de los sistemas normales de educación en el calendario escolar. De ahí, pasó a los Tribunales de Justicia, amparados por padres que también consideraron que sus hijos tenían razón en la protesta, en la manifestación o en el derecho.

La causa parecía estar más en unos cuantos que en todos en general. Los estudiantes que se habían preparado para presentar sus pruebas en biología habían ganado justamente su examen, los otros, los menos, habían aprobado con trampa, con maldad, con plagio, palabra ahora de moda en la política nacional.

Otros, habían perdido sus pruebas, muchos de buena fe, otros no tanto pero igual la perdieron, sus conocimientos no dieron para acordarse de las respuestas. Ese, era el panorama.

Lo curioso de todo es que, más allá de conocer las respuestas de antemano, quienes tenemos hijos en edad escolar o colegial, siempre nos enteramos de qué están estudiando nuestros jóvenes. De ahí que es extraño que los padres de quienes tuvieron las respuestas no se dieran cuenta de ello. Seguramente, sí se enteraron, pero se hicieron de la vista gorda bajo el tenebroso gran sombrero oscuro del pobrecito.

¿Y los profesores? No creo que algún joven se los robara, se hubiera sabido con suficiente tiempo de antelación. NO. Definitivamente, los exámenes no fueron robados: alguien se los pasó. Si los padres de familia no tenían acceso a las pruebas, si las pruebas no fueron robadas por los alumnos, si la imprenta no refiere ningún robo, podría eventualmente suponerse de donde surge la fuga. Los profesores, creo yo, pueden detectar con alguna facilidad dónde estuvo.

Los estudiantes en cambio se dedicaron a realizar marchas, manifestaciones, paralización del trafico, huelgas estudiantiles, protestas frente al Ministerio de Educación. Reuniones van y reuniones vienen.... y como lo dijo una joven en televisión la noche en que se conoció el fallo judicial: “todo eso para qué, fue tiempo perdido”. En efecto, ¡lo fue!

Quienes por el contrario, no se prestaron para esas luchas en las calles, fueron más sabios, se dedicaron a estudiar. ¡Qué mejor momento? Ya sabían cual era la forma de preguntar, en qué ritmo vienen planteadas las cuestionantes, y el estilo, todo pesa. Tenían la ventaja competitiva de su lado, y algunos la aprovecharon. Se dedicaron a repasar, estudiar lo que no sabían y prepararse mejor.

Aquellos que perdieron el examen en buena fe, también tenían más tiempo, era una segunda oportunidad, un segundo chance. Los que lo aprobaron con creces no tenían de qué preocuparse, a lo mejor, solo un repaso y listo. Total, si se prepararon y estudiaron, no hay por qué protestar, el examen es una prueba de conocimiento, si se sabe hoy se sabe mañana.

Entre tanto, los padres alcahuetas, los alumnos que por chiripa lo pasaron y que están hoy inseguros, los que copiaron, los que ganaron con deshonra y los profesores del pobrecito, no estarán preparados, ni hoy … ni nunca. Perdieron el tiempo en protestas banales, se desgastaron en luchas jurídicas, dieron falsas esperanzas y un mal ejemplo a los jóvenes. Todo ese tiempo lo hubieran utilizado preparándose para este nuevo examen, esta nueva oportunidad.

Lo que sí es cierto es que todos, padres de familia, estudiantes y profesores recibieron la mejor lección de sus vidas. Tanto los magistrados como los jueces, decidieron en derecho. Las pruebas se repiten. No es una decisión política ni social, es jurídica. ¡Bien tomada!.

Estoy seguro que si el próximo año se llegara a presentar una situación similar, serán los mismos jóvenes quienes denuncien a quien cometa una falta como la que causó todo este torbellino educativo y así, como ellos dicen: no pagar por lo que otros hacen.

Por su parte, el Estado, se encargó de darles la mejor enseñanza. Aprendieron de educación ciudadana, de derecho constitucional y administrativo, aprendieron lo que significa el vivir en un Estado de derecho. Se les enseñó el concepto de división de poderes, de derechos y deberes individuales y colectivos, de leyes y decretos, del respeto al derecho ajeno y, sobre todo, de valores.

Esta vez, los jóvenes que estudiaron para biología, y los que no lo hicieron, aprendieron los conceptos de honestidad, de respeto, de equidad, de igual, de legalidad, de lealtad, de sinceridad, pero sobre todo de justicia.

Definitivamente, la generación del 2009 estudió biología … pero se graduó en cívica.







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lunes, 23 de noviembre de 2009

TRIBUNAL DE CASACIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA

Res. 000290-F-TC-2009

San José, a las diecinueve horas veinticinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil nueve.

Dentro de conocimiento establecido por DANIEL BEJARANO AGUILAR y JORGE BARQUERO CHAVES contra el ESTADO, se conocen los recursos de apelación interpuestos por ambas partes contra la resolución no. 2610-2009 de las 16 horas 47 minutos del 20 de noviembre de 2009, dictada por los Jueces Tramitadores del Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en la que acogió parcialmente la medida cautelar solicitada;

CONSIDERANDO

I.- Mediante auto de las 16 horas del 23 de noviembre de 2009, ambos recursos fueron admitidos. De igual forma se recibió y analizó el memorial presentado por la doctora Lupita Chaves Cervantes, como representante del menor Jorge Barquero Chaves, en conjunto con el que formuló en su momento la representación estatal.II.- En cuanto al análisis del fondo, es necesario reseñar que la petición cautelar de la parte actora. Solicitaron los demandantes se ordene cautelarmente, al Ministerio de Educación Pública, calificar las pruebas de Bachillerato por ellos rendidas en el plazo establecido, así como suspender la prueba programada para el 24 de noviembre de 2009. En auto no. 2610-2009 de las 16 horas 47 minutos del 20 de noviembre de 2009, los Jueces Tramitadores del Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, adoptaron parcialmente la medida cautelar peticionada. Estimaron, con vista a los argumentos y pruebas aportadas por las partes, que el caso se cumple con el presupuesto de la apariencia de buen derecho. En cuanto al peligro en la demora, los Juzgadores establecieron que el requisito de gravedad se verifica en cuanto a los daños morales potenciales que han sido alegados. En su parecer, existe la posibilidad real de que la prueba genere una situación de stress en ambos estudiantes, lo que es normal en este tipo de pruebas, y que se tuvo por acreditado a partir del testimonio del profesor Martín Arias. Adicionalmente, con relación al estudiante Jorge Barquero, se tuvo además por demostrado que goza de una adecuación curricular, y que extender el plazo, según propone el Estado, no resulta un remedio óptimo a su situación, pues no se trata de un problema de contar con más horas para realizar la prueba, sino relativo del tiempo de preparación para la prueba. Explicaron, desde esta perspectiva y a partir del la individualidad del daño moral, no es posible extender la solicitud de medida cautelar a todos los estudiantes en general, pues ella obedece a las condiciones particulares de los actores. Sobre la ponderación de los intereses, afirmaron los jueces, se encuentra por un lado, el interés particular en culminar adecuadamente su proceso educativo y el respeto al procedimiento; y por otro, el interés público en garantizar la calidad de la pruebas nacionales, y el cometido de éstas, cual es asegurar que el nivel de conocimiento de los estudiantes es el adecuado, requisito para terminar el proceso a que tienen derecho. A su juicio, del informe DGES-1271-2009 del 19 de noviembre de 2009 y del testimonio del señor Felix Barrantes, se comprende que no es posible desprender que ese interés público vaya a ser resguardado con el medio técnico utilizado; la solución parte del supuesto de que existe una única posible causa al problema, siendo que en realidad pueden haber múltiples causas u otros elementos que afecten la normalidad estadística de la que refiere el informe, lo cual provocó en el Tribunal dudas sobre la razonabilidad de la justificación dada por el Ministerio. Concluyen, sólo mediante la tutela cautelar solicitada es posible resguardar el interés de los actores en culminar adecuadamente su proceso educativo. Inconformes, las partes presentan sendos recursos de apelación que ahora se conocen.

III.- Recurso de la parte actora. La parte demandante apela parcialmente la resolución no. 2610-2009 de las 16 horas 47 minutos del 20 de noviembre de 2009. Reclama, durante la audiencia oral solicitaron la extensión de la medida a la generalidad de estudiantes no infractores en la prueba de Bachillerato, sin embargo, la solicitud fue denegada. Afirma, los jueces tuvieron por demostrado que repetir la prueba a los estudiantes en general, podría afectarlos de forma positiva o negativa, ello por cuanto se ha provocado un sentimiento generalizado de injusticia al tener que repetir una prueba en la que no se cometió fraude, con el riesgo de perderla, y con potencial afectación de la vida de los estudiantes por sometimiento a condiciones de stress, angustia y descontento. Expone, se acreditó que el Ministerio presumió un comportamiento anómalo a partir de una estadística, olvidando que trata con estudiantes que son personas con derechos y garantías. Asimismo, los jueces constataron el perjuicio que se ocasiona a la Hacienda Pública, en el tanto, para los casos de fraude el ordenamiento no prevé repetir la prueba, sino la calificación de un punto a los infractores. Agrega, por último se tuvo por demostrado que en los Colegios Británico de Costa Rica y Saint Benedict, no existe denuncia o sospecha de irregularidad alguna. Con fundamento en lo anterior, pide se declare con lugar la impugnación y de forma provisionalísima se extiendan los efectos de la cautelar concedida a favor de los estudiantes Jorge Barquero Chaves y Daniel Bejarano Aguilar, a todos los estudiantes del Colegio Británico de Costa Rica y Colegio Saint Benedict, a fin de que se encuentren en igualdad de condición respecto de los primeros, pues se trata de compañeros que, según se acreditó, no se encuentran en circunstancias fraudulentas. Asimismo, con base en intereses difusos, peticiona se extiendan los efectos a los estudiantes no infractores de todos los Colegios, a quienes no se les ha demostrado la existencia de anomalías.

IV.- Recurso del Estado. Recrimina el Estado, el daño moral acreditado no tiene la magnitud para ser catalogado como irreversible ni grave, se trata, a su juicio, de una situación normal que enfrenta cualquier persona. Asevera, entre lo otorgado en la medida cautelar y lo solicitado en el principal existe una identidad, lo que hace perder a la medida la instrumentalidad que debe caracterizarla. Reitera, la medida no puede utilizarse para evitar daños que aunque graves, sean reversibles. Discrepa con el Tribunal, en cuanto cuestiona la veracidad del criterio técnico utilizado por el Ministerio de Educación Pública, pues se trata de un aspecto de fondo, y no obstante, es con base a ello que el Tribunal hizo prevalecer el interés particular sobre el público. Destaca, en este caso el interés público en el derecho a la educación y su efectividad se han vulnerado, pues se puso en tela de duda la efectividad y eficacia del sistema educativo costarricense, así como la propia autoridad del Ministerio de Educación. Valores como la honestidad, que deben inculcarse a los futuros profesionales, se dejan de lado al afirmar que no merecen sanción, a pesar de que existe prueba de la circulación del examen.

V.- En primer término, y para una mejor comprensión de lo que luego se dirá, se impone hacer referencia a los presupuestos de la medida cautelar. De conformidad con los artículos 21 y 22 del Código Procesal Contencioso Administrativo, los presupuestos de la tutela cautelar son tres, el peligro en la demora, la apariencia de buen derecho y la ponderación de los intereses, particularmente el interés público. El primero, consiste en la posibilidad, razonable y objetivamente fundada, de una lesión grave a la situación jurídica del gestionante, por el transcurso del tiempo para el dictado de la sentencia. La apariencia de buen derecho es la probabilidad de acogimiento de la cuestión principal, de modo que requiere que la pretensión no sea temeraria o carente de seriedad. Por último, en la ponderación de los intereses se valora si frente el interés o derecho privado cuya tutela se pretende, existe o no un interés público contrapuesto que convierta en gravosa la petición cautelar. En el presente asunto, el Ministerio de Educación Pública declaró nula la prueba de bachillerato de biología aplicada el 6 de noviembre de 2009, y ordenó la aplicación de una nueva prueba en esta materia, el 24 de este mismo mes. Los actores establecieron medida cautelar para enervar la ejecución de este acto. En cuanto al presupuesto de peligro en la demora, cuestionado por el Estado, coincide este Tribunal con el órgano de instancia en el sentido de que existe una lesión moral, pero en este caso leve, a los estudiantes Jorge Barquero Chaves y Daniel Bejarano Aguilar, en el tanto han sido sometidos a una situación generadora de angustia, cual es que se les obligue a repetir una prueba. El potencial daño puede profundizarse en el caso del menor Barquero Chaves, en cuanto posee una adecuación curricular. Sin embargo, el detrimento a ambos estudiantes no posee la característica de gravedad que exige la legislación procesal. Nótese que la prueba por sí misma, y aún en circunstancias ordinarias, provoca zozobra, lo que dice de la independencia de si ésta es aplicada por primera vez o, como en la especie, se trata de una repetición de ella. La angustia generada es un proceso normal por el que atraviesan todos los estudiantes que desean obtener el grado de Bachiller en Educación Media. Si bien es cierto, estos alumnos ya pasaron por dicha situación, se estima que el enfrentarla no reviste la gravedad de grado tal que amerite estimación de la cautelar requerida. Antes bien, otorgar la medida implicaría eventualmente un daño a los propios petentes, en cuanto provocaría una dilación y espera en todo su proceso de graduación, sujeto por varios meses a la espera razonable de una sentencia firme, con las implicaciones de ingreso universitario y un período vacacional reducido por la expectativa de una prueba pendiente. A más de lo dicho cabe advertir que, el admitirla tan sólo para unos, en cuanto recurrentes, y no para los demás, implicaría un grave trastorno al principio de igualdad.

VI.- Aunado a lo anterior, el interés público consistente en garantizar la calidad de la educación media, a través de un instrumento adecuado para evaluar el aprendizaje del estudiantado, cual es las pruebas nacionales de Bachillerato, supera el interés particular de los actores traducido en la afectación momentánea a sus condiciones anímicas. Así las cosas, no puede de manera alguna actuarse en detrimento de la necesaria evaluación de los conocimientos adquiridos, valoración que es cosustancial al propio derecho a la educación, que debe asegurar el Estado, con determinados niveles de calidad, a todos los habitantes. Es además importante puntualizar el que el instrumento de evaluación había sido degradado, al haber sido distribuido de forma previa entre los estudiantes, lo que implica que su confiabilidad fue comprometida, y en una extensión considerable debido a la utilización de medios electrónicos, en este entendido no existe certeza de que el conocimiento de esa prueba se mantuvo en un núcleo reducido del estudiantado

VII.- Sin perjuicio de lo anterior, es necesario aclarar a la parte actora que su solicitud en el sentido de que la medida se aplique a todos los estudiantes que efectuaron la prueba de biología, es improcedente. Tal y como se desprende de la demanda, la parte actora gestiona en defensa de sus intereses personales, y no en defensa de intereses difusos o colectivos, de modo que no ostenta legitimación alguna para actuar en representación de terceros estudiantes, que no forman parte del presente proceso.

VII.- En consecuencia, en virtud de todo lo expuesto, estima este Tribunal que debe acogerse el recurso de apelación establecido por la representante estatal, y por lo tanto, debe revocarse la resolución venida en alzada, y en su lugar denegar la medida cautelar peticionada por la parte actora.

POR TANTO

Se declara sin lugar el recurso establecido por la parte actora, y con lugar el planteado por la representación estatal, se revoca la resolución recurrida, y en su lugar se rechaza la medida cautelar gestionada por lo actores.

Tome nota el Estado que deberá tomar las previsiones necesarias y adecuadas relativas a la adecuación curricular que ostenta el estudiante Jorge Barquero Chaves.



Luis Guillermo Rivas Loáiciga


Román Solís Zelaya

Óscar Eduardo González Camacho