viernes, 3 de abril de 2009

990 Regidores se elegirán en próximas elecciones presidenciales

Recientemente el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) fijó en 990 la cantidad de regidores a elegirse en los próximos comicios presidenciales, a celebrarse en febrero del 2010, de los cuales 495 serán propietarios y 495 suplentes.

De las 495 plazas para regidores propietarios en disputa a nivel nacional, la provincia de San José acaparará 138 ediles, seguido de la provincia de Alajuela con 89, Puntarenas con 59, Guanacaste con 57, Heredia con 56, Cartago con 52 y Limón con 44.


De las 81 municipalidades localizadas alrededor de todo el país, las que tendrán mayor cantidad de regidores serán: el Cantón Central de San José, Desamparados y el Cantón Central de Alajuela con 11 regidores cada una, le siguen Pérez Zeledón, Goicoechea, Alajuelita, San Carlos, La Unión, Cantón Central de Cartago, Cantón Central de Heredia, Cantón Central de Puntarenas, Pococí y Cantón Central de Limón con 9 regidores cada una, además –para completar la lista de los 81 ayuntamientos del país- habrá 16 cantones que elegirán 7 regidores y 52 cantones elegirán 5 regidores.

¿Cómo se calcula la cantidad de regidores por cantón?


Para definir el número de regidores propietarios y suplentes para cada cantón, el cálculo que realiza el TSE es el siguiente:

a) Cantones con menos del uno por ciento (1%) de la población total del país, cinco regidores.

b) Cantones con un uno por ciento (1%) pero menos del dos por ciento (2%) de la población total del país, siete regidores.

c) Cantones con un dos por ciento (2%) pero menos del cuatro por ciento (4%) de la población total del país, nueve regidores.

d) Cantones con un cuatro por ciento (4%) pero menos de un ocho por ciento (8%) de la población total del país, once regidores.

e) Cantones con un ocho por ciento (8%) o más de la población total del país, trece regidores.

De conformidad con el artículo 21 del Código Municipal, seis meses antes de la respectiva convocatoria a elecciones, este Tribunal debe fijar el número de regidores propietarios y suplentes de cada cantón con base en la información que le suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).



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