Comunicado de la Sala Constitucional:
· Construcciones se realizan sin una expropiación sobre la carretera San José Caldera, según recurrentes
La Sala Constitucional ordenó al Consejo Nacional de Concesiones, abstenerse de incurrir en construcciones dentro de una propiedad colindante con la carretera San José- Caldera, porque aún no hay un proceso de expropiación.
· Construcciones se realizan sin una expropiación sobre la carretera San José Caldera, según recurrentes
La Sala Constitucional ordenó al Consejo Nacional de Concesiones, abstenerse de incurrir en construcciones dentro de una propiedad colindante con la carretera San José- Caldera, porque aún no hay un proceso de expropiación.
El recurso de amparo fue interpuesto por dos hermanos de apellidos Alfaro Quesada, quienes alegan que en su propiedad en Concepción de Atenas de Alajuela, una constructora y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes procedieron a realizar obras de construcción tales como, autopista, alcantarillas, cunetas y otras, sin haber realizado el debido proceso de expropiación y sin una indemnización.
“Se declara con lugar el recurso. Se ordena al Presidente del Consejo Nacional de Concesiones, lo siguiente: a) disponer lo necesario dentro del ámbito de sus competencias para que, dentro del plazo de diez días, contando a partir de la notificación de está resolución, se interponga el proceso especial de expropiación correspondiente, b) abstenerse de incurrir en las vías de hecho señaladas” según voto 14751 de la Sala Constitucional.
El Estado deberá pagar las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo
No hay comentarios:
Publicar un comentario