lunes, 3 de marzo de 2014

Estimadas y estimados congresistas:

Hace cuatro años la elección de la defensora de los Habitantes, doña Ofelia Taitelbaum, resultó espuria a la luz del Artículo 17 del Código de Ética del PAC (Se eligió Defensora siendo diputada de ese cuatrienio).

Mantenerla es darle legitimidad a ese proceso y ratificar una elección que según los criterios PAC no es procedente. Salvo claro está, que el tiempo limpie los procesos dolosos o anti éticos, que no parece ser el caso.

Así mismo debe darse alternabilidad de género que tampoco lo veo si su decisión es la de apoyar a doña Ofelia.

De ustedes con todo respeto.

José Rodolfo Ibarra
Candidato a Defensor de los Habitantes.

 17.- Nombramientos que debe realizar el Poder Legislativo: Para ocupar cualquier cargo que deba ser elegido por la Asamblea Legislativa, las y los diputados del Partido Acción Ciudadana no apoyarán a ningún candidato que sea o haya sido durante ese cuatrienio legislador o autoridad política del Gobierno. Para realizar esos nombramientos se guiarán exclusivamente por la capacidad, la formación profesional, la calidad ética y la trayectoria de las o los candidatos. También se preocuparán por lograr la equidad de géneros, sobre la base de que los puestos Código de Ética de las y los Diputados Partido Acción Ciudadana
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