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viernes, 1 de abril de 2011

Usuarios recibirán compensación por interrupción de servicios


  • Aplica a usuarios del ICE, Racsa y Amnet

Usuarios de telecomunicaciones recibirán más de ¢390 millones de compensación económica por la interrupción sufrida en distintos servicios, de acuerdo con los estudios realizados por la SUTEL.


Más de 1.300.000 usuarios se vieron afectados en distintas ocasiones por la interrupción de servicios de telefonía móvil o Internet, que brindan varios operadores. La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) autorizó al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), Radiográfica Costarricense (Racsa) y a Amnet a proceder a restituir montos a cada usuario que fue afectado por interrupciones en la operación de los servicios.


Según el Reglamento de Prestación de Calidad los usuarios tienen derecho a recibir una compensación económica por el tiempo que se mantuvo inhabilitado el servicio. Los operadores están obligados a realizar los ajustes y la SUTEL valida que se cumpla con esta disposición.


En el caso de la suspensión de servicios por parte del ICE, en el mes de octubre del 2010, la autorización de la compensación se atrasó por demoras en la entrega de información por parte del operador, así como errores en la forma de calcular los ajustes, lo que incidió luego en un monto mayor de compensación para los usuarios.


Este dinero deberá reconocerse en la próxima facturación a los clientes de cada una de las empresas operadoras.


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jueves, 17 de febrero de 2011

SUTEL autoriza desconexión de TDMA

Exige cumplimiento de avisos a usuarios

La red TDMA será desconectada a partir del 3 de marzo, de acuerdo con la autorización de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), siempre y cuando el ICE cumpla con informar debidamente a sus clientes.

La tecnología TDMA es totalmente obsoleta, por lo que en el mercado no se disponen de repuestos para los equipos de la red ni terminales de usuario.

Considerando esta obsolescencia, desde abril del 2010, la SUTEL advirtió al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) que de acuerdo con el artículo 19 del Reglamento de Prestación y Calidad de Servicio, debía informar las alternativas de migración a los usuarios de TDMA, brindar los terminales respectivos sin costos adicionales para los clientes y comunicar con la debida anticipación las fecha de desconexión de la red.

La desconexión de TDMA está sujeta a que el ICE informe a los usuarios la desconexión de la red y las alternativas que ofrece de terminales sin costo adicional, a través de:

Publicaciones en dos medios de comunicación escrita y dos televisivos (al menos 5 veces en cada medio).

Mensajes de texto (SMS) a cada uno de los clientes activos de TDMA.

Rendir informe de cumplimiento de lo anterior ante la SUTEL.

Los usuarios que no hayan migrado dentro del lapso conferido, verán interrumpido su servicio, sin derecho a compensaciones.
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martes, 20 de julio de 2010

SUTEL homologa teléfonos celulares

  • Garantiza que equipos pueden ser utilizados en el país
  • También se homologan datarcard, geolocalización de vehículos y verificadores de tarjetas


    La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) homologó 10 equipos terminales, lo cual garantiza su óptima utilización en la red nacional.

    SUTEL homologó cinco teléfonos móviles de diversas marcas del mercado, un terminal datacard, así como tres equipos para geolocalización de vehículos y un verificador de tarjetas de crédito (que también utilizan la conexión a la red móvil).

    La verificación se realizó según el “Procedimiento para la homologación de terminales de telefonía móvil” (Gaceta N°16 del 25 de enero del 2010), con el fin de proteger los derechos de los usuarios, dado que estos equipos son determinantes en la calidad con que se percibe el servicio.

    Cada equipo lleva un sello de identificación con el logo de la SUTEL, lo que asegura que el terminal es operable en el país, y puede aprovechar todas las funciones que ofrece. Las homologaciones fueron emitidas por SUTEL en el transcurso de los meses de mayo, junio y julio.

    El detalle de los equipos homologados es el siguiente:

    China Bird HK Ltda. B mobile
    PL 72

    Sony Ericsson
    U5a

    Motorola
    A853

    Sony Ericsson
    X10

    Digital Communications Technologies
    Antares GPS GSM/GPRS (geolocalización)
  • Hypercom
    M4230 (verificación tarjetas de crédito)
  • Huawei
    E 1556 (Datacard)
  • Sky Track
    SIM548 (tarjeta geolocalización)

    Apple iPhone
    3GS

    T-zone Digital Technology Company Limited
    TZ-AVL 05 GPS/GPRS (geolocalización)
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lunes, 19 de abril de 2010

Nuevo reglamento consolida las garantías de los usuarios de telecomunicaciones

Comunicado de Prensa de la ARESEP: 19 abril 10.

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.- Usuarios tienen derechos y pueden reclamarlos
.- Operadores y proveedores obligados a cumplir condiciones de calidad, requisitos de contratos de adhesión, entre otros


Los usuarios disponen ahora de un instrumento que garantiza sus derechos respecto a los servicios de telecomunicaciones: el Reglamento de Protección al Usuario Final.

Este reglamento desarrolla los derechos de los usuarios, contenidos en el artículo 45 de la Ley General de Telecomunicaciones, tales como: portabilidad numérica, recibir el servicio de forma continua, acceder gratuitamente a los servicios de emergencia, recibir facturación exacta, obtener una compensación en caso de fallas del servicio atribuibles al operador, conocer los indicadores de calidad del servicio, no recibir facturación de un servicio que no se ha solicitado, entre otros.

La Junta Directiva de la Autoridad Reguladora es el ente encargado de emitir los reglamentos que aplica la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL). El reglamento de Protección al Usuario Final se publicó el pasado 15 de abril en La Gaceta, luego de repetir la audiencia pública que fue impugnada.

A partir de este momento los usuarios disponen de tres días hábiles para pagar los recibos a partir de su fecha de vencimiento; el derecho a no cancelar los cargos de conexión o reconexión del servicio si el operador no cumple con los plazos establecidos en el reglamento de calidad; su derecho a que se le cobren las comunicaciones de conformidad con el tiempo real de las mismas; el establecimiento de los aspectos mínimos que deben contener los contratos de adhesión; el detalle que debe incluir la factura de los servicios, entre otros.

SUTEL, entidad que deberá aplicar este reglamento, considera que la aprobación del mismo es un logro regulatorio, en el que se protege a los usuarios e incluso se combate el fraude en telecomunicaciones.

Cualquier usuario que considere que sus derechos han sido vulnerados, puede presentar la reclamación ante el operador o proveedor del servicio, el cual deberá brindar respuesta en el plazo máximo de 10 días naturales, si la respuesta que brinda es omisa o insatisfactoria, puede presentar la queja ante la SUTEL por medio escrito.








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lunes, 5 de abril de 2010

Sala IV admite recurso por Políticas de Crédito del ICE

Impiden servicios de internet y multimedia en 3G
Alegan desigualdad en trato de institución pública


05 de abril 2010. La Sala Constitucional notificó esta mañana que le dio curso a un Amparo presentado contra el Instituto Costarricense de Electricidad, ICE, entre otras cosas por negarse a dar los servicios de internet y multimedia ofrecidos a quienes se pasaran de la tecnología conocida como TDMA a la llamada 3G.

Los hechos denunciados por el periodista José Rodolfo Ibarra, ante el máximo órgano judicial, indican que el ICE ha instaurado una llamada “Política de Crédito” que en su juicio considera violatorios de los principios de racionalidad del castigo, así como de igualdad.

Al parecer esta política se aplica a todo aquel que en alguna ocasión haya tenido atrasos en el pago de su recibo telefónico o que simplemente no tenga un comportamiento fiable para el ICE como el caso de quienes nunca han tenido un servicio telefónico.

Con este instrumento del que se desconoce su fundamentación jurídica, dice Ibarra: “se hacen ciudadanos de primera, segunda y hasta de una tercera categoría, discriminando así a quienes incluso, como yo, no tenemos ninguna deuda con la institución”.

En su alegato ante la Sala Constitucional Ibarra detalla que: “tengo igual derecho al trabajo y al estudio que los demás ciudadanos que si cuentan con estos servicios, que estos tipos de comunicaciones son de extrema importancia para la profesión que ostento, que no tengo ninguna deuda con la institución mencionada, que un castigo de ese tipo no está sustentado a derecho y es desproporcionado, que no he recibido respuesta del ICE a mi solicitud de conexión de los servicios, que me invitaron a migrar hacia una nueva generación tecnológica a cambio de mejores y novedosos servicios que ahora no me dan, induciéndome al engaño entre otras cosas, que nunca mencionaron en su publicidad o en su sito web (...), que quien estuviera en esa situación no sería objeto de recibir estos novedosos servicios, que toda institución está obligada a dar los mismos servicios -sin discriminaciones- a todo el público y más cuando se es cliente o usuario, que se me dio una sentencia sin juicio condenándome a un castigo desproporcionado y a todas luces injusto, que se viola el principio constitucional de acceso a la información pública”

El castigo por estas políticas de crédito del ICE va de seis meses a un año sin el disfrute de estos servicios.

También se alega en el recurso, que solicitó protección a la Contraloría de Servicios del ICE por diferentes vías pero esta nunca llegó, por lo cual acusa que al no recibir respuesta se violentó también el derecho de libre petición y pronta respuesta consagrada en la Constitución Política.






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jueves, 25 de febrero de 2010

SUTEL convoca a laboratorios para acreditación

Sello garantizará que equipo es operable con cualquier red celular

Si un usuario adquiere un teléfono celular debe tener la certeza que le funcionará correctamente en el país. Esta es la función que realizarán los laboratorios de homologación de telefonía móvil que serán acreditados por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL).

Para cumplir con este propósito, la SUTEL invita a los laboratorios de medición de teléfonos móviles a registrarse y obtener la acreditación respectiva.

La acreditación de los laboratorios es necesaria para que todos los operadores de telefonía móvil activen solo los equipos homologados por SUTEL, de manera que asegure a los usuarios que podrán aprovechar la totalidad de las funciones que dispongan los equipos y no necesitarán de códigos para desbloqueo o modificar el software o hardware del equipo móvil. Además, la homologación permitirá que la telefonía móvil sea totalmente operable con las redes de otros proveedores y operadores.

En la resolución RCS-614-2009, publicada en La Gaceta Nº 16 del 25 de enero del 2010, la SUTEL establece el protocolo de pruebas para la operación de equipos terminales de telefonía móvil, en lo relativo a aspectos de radiofrecuencia, conectividad y operación.

Las empresas interesadas en acreditarse deberán presentar una solicitud escrita, en la que adjunte personería jurídica, lugar de notificaciones, calidades del personal que hará las pruebas, experiencia, información sobre el equipo con el que realizarán las pruebas y certificados de homologación emitidos por entidades reconocidas internacionalmente.

La Superintendencia llevará un registro de los laboratorios autorizados, así como la verificación de los requisitos que deben cumplir las empresas. Todos los equipos homologados tendrán un código y un distintivo adhesivo.

Algunas de las pruebas que tendrán que realizar los laboratorios son:

  • Datos del equipo
  • Pruebas de interacción con la red y seguridad
  • Pruebas de idioma español
  • Pruebas de llamadas telefónicas
  • Pruebas de mensajería de texto SMS y MMS
  • Pruebas de servicio WAP/GPRS











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martes, 23 de febrero de 2010

SUTEL exige más información en servicio Kölbi, del ICE

  • Se debe desglosar plazos, precios, costo del teléfono
    Deberá ajustar tarifas de Internet en 3 G

    Los clientes del servicio Kölbi deberán disponer de información más clara, según estableció el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL).

    En la resolución RCS-86-2010 se definieron las condiciones que deberán regir cuando el usuario opte por migrar entre redes móviles y para nuevos usuarios de 3 G.

    El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) empezó a ofrecer en diciembre del 2009 un nuevo paquete denominado plan Kölbi. El paquete incluye telefonía 3 G e Internet y es la alternativa que se brinda a los usuarios que tienen que migrar de la desusada tecnología TDMA o GSM.

    Debido a las quejas recibidas ante la SUTEL por problemas presentados con este servicio, es que la entidad optó por definir las condiciones que debe disponer el nuevo servicio para los usuarios que migran o adquieren el nuevo paquete.

    La tecnología 3 G ofrece acceso a la red de datos de banda ancha, envío de mensajes multimedia, video llamadas, telefonía IP e IPTV, que no son disponibles en las redes TDMA y/o GSM.

    La SUTEL acordó que el ICE debe asegurar que los usuarios dispongan de la información necesaria, clara y suficiente, así como las condiciones, plazos, precios y costos asociados al plan Kölbi, de manera que puedan tomar decisiones sobre la conveniencia o no del servicio. En este sentido, el ICE deberá desglosar los elementos del plan, para que los usuarios conozcan el monto que amortizan sobre el equipo terminal (teléfono).

    El ICE deberá devolver, en un plazo de 15 días, el dinero que le corresponde a cada usuario por el servicio de mensajería multimedia e Internet del plan Kölbi, usuarios finales por los servicios de mensajería multimedia e Internet de banda ancha cobrados desde el inicio de comercialización de los planes Kölbi hasta la publicación de las tarifas máximas.

    Entre las condiciones definidas por SUTEL, están que el usuario debe aprobar explícitamente que desea Internet (no puede realizar traslados automáticos) dentro del paquete Kölbi y debe mantener las condiciones originales de servicio, calidad y precio. Además, SUTEL ordenó al ICE que respeten los derechos de los usuarios finales detallados en el artículo 45 de la Ley General de Telecomunicaciones, ley 8642 y no puede realizar migraciones automáticas, que no tengan la aprobación del usuario.

    Otras estipulaciones son: los usuarios deberán solicitar expresamente nuevos servicios y no deben ser impuestos por el operador, recibir la factura mensual de forma oportuna que refleje el consumo y detalle de los cobros y ser informado con anticipación de cambios en el servicio.









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lunes, 7 de diciembre de 2009

Preguntas Frecuentes sobre líneas 3·G

A continuación una lista producto de una entrevista que le hice a un funcionario del 193 del ICE. Si todo es correcto, pude construir esta 18 FAQ o preguntas frecuentes que todos tenemos hoy:

1. ¿Qué servicio vende el ICE?
R./ El ICE vende teléfono más el servicio básico únicamente. No incluye internet para los que migramos de TDMA. Los celulares los venden sin intereses, pero revise el mercado, hay algunos que podrían salir más baratos que en el ICE si es de contado.
2. ¿Dónde se venden, solo agencias?
R./ Las micro agencias en los super también dan línea. O de contado en las empresas de celulares.

3. ¿Cuánto cuestan los teléfonos que vende el ICE?

R./ Hay muchas marca y tipos, depende de la memoria y funciones aunque todos tendrían el mismo acceso a servicios. Desde 81.800 colones hasta $800. Tarifa de B Berry homologado $647. telef BB $757

4. ¿Hay que pagarlo todo de un solo?
R./ No. Se pueden pagar a 12 o 18 meses.

5. ¿Cuánto cuesta por ejemplo un Nokia?

R./Nokia 5800 cuesta $403 a paguitos de polaco de 24.316 cls a 12 meses, aparte el monto por servicio que ha pagado normalmente.

6. ¿Dan línea si tiene cita?
R./ Si. Pueden comprar también más de una línea. Lleva el aparato o lo compra ahí mismo
7. ¿Es de fijo que no me cambia el número en TDMA?
R./ De fijo. No lo cambian siempre y cuando ud. lo advierta al momento de adquirir la línea GSM. Esto opera también para la migración de GSM a 3G

8. ¿Hay una lista de teléfonos que ofrecen?

R./Si, en el portal del ICE, pero solo los que venden ellos mismos.

9. ¿Algún aparato se recomienda?

R./ Aseguran que todos son buenos. Diferencias de precios y memoria únicamente.

10. ¿Si tengo GSM necesito ir al ICE para comprar una línea GSM?
R./ No necesariamente. Podría ser que su teléfono ya tenga la frecuencia 850 con que opera el ICE. Si tienen aparato GSM busque en configuración, que opere en 850 y activar la red 3g.
11. ¿Cuándo darán el resto de Servicios?
R./ En Enero aseguran que podrían activar el resto de servicios como Internet banda ancha para quienes no la tenían en GSM

12. ¿Qué marcas vende el ICE?
R./ Principalmente: Motorola, Nokia, Sony Ericsson, LG, Samsung, ZTE, Zonda (este último el más barato)
13.- ¿Si no toma el paquete no se le vende a crédito?
R./ Sí, unicamente se financia a quienes compren el paquete de internet y teléfono.
14.- ¿Todos las agencias y microagencias venden los teléfonos?
R./ NO. Únicamente se venden en agencias. No están disponibles en las microagencias ubicadas en los supermercados.
15.- ¿Tienen todos los aparatos disponibles?
R./ NO. Ya se acabaron los Nokia. Hasta el 11 de dic el reporte es que solo hay disponible en este momento los ZTE.
16.- ¿Si llevo el aparato debo tomar un plan obligatoriamente?
R./ No. Puede tomar un plan simple para enviar mensajes y llamar. Pero si usa los servicios nuevos como internet, deberá pagar aparte una tarifa no preferencial. En este caso le resulta más barato (como en combo) tomar un Plan.
17.- ¿Si llevo el aparato y tomo un Plan, cuánto debo pagar?
R./ Los planes tipo combo funcionan únicamente para quienes compren el aparato con el ICE. Si lleva el teléfono debe pagar la tarifa que se dirá el otro año por los servicios extras de telefonía móvil como video llamada, internet, etc.
18.- ¿Necesito una linea GSM no 3 G, tengo que hacer fila igual?
R./ No se están dando líneas GSM hasta el próximo año.








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jueves, 14 de mayo de 2009

¡Buenos para cobrar… malos para pagar!

Por José Rodolfo Ibarra

Periodista


El espectro, pero no radioeléctrico, sino el político y de gobernabilidad, se vio metido en un zapato, o debemos decir, en un estuche, tras el enfrentamiento entre la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), y el Instituto Costarricense de electricidad (ICE), por el pago del canon que debe hacer el segundo al primero.


La historia es ya conocida, el ICE le adeuda casi 464 millones de colones a la SUTEL por el pago del canon, que corresponde al cuarto trimestre del 2008 y al primer trimestre 2009. Este canon fue aprobado a la Autoridad Reguladora por la Contraloría General de la República.


Según SUTEL, ese canon de regulación es el único mecanismo de financiamiento de la actividad regulatoria. Este canon lo pagan los usuarios al utilizar los servicios.


En otras palabras, hay una obligación de pago y como tal debe hacer frente a ello.


Pero el asunto no termina ahí. Resulta que el ICE también lanza la noticia de que, a partir del próximo 8 de junio, habrá cero tolerancia en los atrasaos por el pago de servicios de telecomunicaciones, léase: Teléfonos.


¡Que bonito! Si bien es cierto todos tenemos obligación de pagar nuestros recibos telefónicos, también es cierto que la situación no está, al menos para muchos, como para ponernos a hacer exigencias, sobre todo después de años y años de existir alguna tolerancia. Tolerancia que con el tiempo se fue estrechando y que conocemos como: El período para pagar recibos vencidos.


Hasta mayo había un chance, un tiempo, un lapso para acomodar las finanzas, ajustar y proceder al pago antes que el señor manos de tijera llegara a dejarnos incomunicados. Eso, acabó. Ahora día vencido día pagado. De lo contrario, le espera el corte, la reconexión, o como ellos invitan, el arreglo de pago.


Dos amigos en Twiter.com comentaron: que si uno les hiciera lo mismo (al ICE), cada vez que no hay cobertura celular o que las líneas se cruzan, o que los mensajes llegan tres días después, entre otras cosillas, a lo mejor otro gallo cantaría.


El otro se preguntó si: ¿será que esta nueva medida está planeada para que con el dinero de las reconexiones se pueda pagar alguna factura del Ice a Sutel?


Yo creí que lo único que dividía a la Sutel del ICE era el parque metropolitano La Sabana, y que en este pleito de crédito y cobro, cada uno se encargaría de su papel. Uno de cobrar, el otro de pagar, pero nunca pensé que el ICE le pasaría la factura al pueblo que tanto lo defendió. ¿Alguno se acuerda del tristemente célebre Combo ICE?


Es lamentable que los jerarcas del ICE no se den cuenta de lo que todo el planeta se ha dado, estamos en crisis, si económica, si de plata, si de esa que falta, de esa que no alcanza, de esa que pegamos carrerones para ajustarla y que hasta en muchas ocasiones nos serviría para beatificarnos o declararnos santos, pues hacemos verdaderos milagros.


No entiendo cómo el ICE puede pasarnos así la factura. No entiendo cómo, teniendo techo de vidrio, usan interpretaciones para no pagar o alargar el tiempo pateando la bola hacia adelante, y así, con esa misma moral, hacer campaña para que el pueblo que utiliza un teléfono, esté obligado a pagar. Y ahí si, que la gente común no pueda patear la bola para adelante, de más está decir, por un servicio defectuoso.


Como decía mi papá, hay algunos que: son buenos para cobrar…. pero malos para pagar.









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martes, 31 de marzo de 2009

Juzgado ratificó: ICE tendrá que devolver dinero

El Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda ratificó la potestad que tiene la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos para exigir la indemnización de los clientes por interrumpir los servicios de telefonía (móvil y fija).

El caso se remonta a la huelga del 2003, cuando entre el 16 de mayo y el 4 de junio de 2003, se suspendieron los servicios de atención al cliente y reparación de averías.

El ente regulador ordenó en la Resolución RRG-3262-2003 que el ICE rebajara las tarifas (por una única vez) en ¢448 para servicios empresariales y telefonía fija y en ¢172 a los de telefonía móvil para resarcir a los usuarios por el servicio no recibido.

Esta resolución, del 18 de noviembre de 2003 exige el “rebajo en las tarifas básicas de los servicios de telefonías fija y móvil, que presta el Instituto Costarricense de Electricidad, por no haber prestado servicios de atención de abonados durante la huelga en que estuvieron varios funcionarios del Instituto, entre el 16 de mayo y 4 de junio de dos mil tres, ambos inclusive”.

El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) no acató esta disposición e interpuso una demanda contra la Autoridad Reguladora, sin embargo el Juzgado Contencioso la declaró sin lugar.

El Juzgado consideró que la ARESEP no se equivoca en la interpretación que hace de servicio público y la interrupción del mismo.

Este argumento se sustenta en un voto de la Sala Constitucional que dice “la continuidad supone que la prestación de los servicios no se debe interrumpir, diversos mecanismos jurídicos del ordenamiento administrativo pretenden asegurar este principio, tales como la prohibición de la huelga y de paro en los servicios públicos esenciales”.

Mediante este pronunciamiento se confirma que la ARESEP “tiene un poder de fiscalización, para velar por la adecuada prestación del servicio público y por lo tanto, no se encuentran vicios en la actuación de la demandada (ARESEP)” cuando solicita al Instituto información relacionada con la distribución de los costos de prestación de los servicios, ni cuando emite la Resolución en la que ordena resarcir el daño a los usuarios.

Adicionalmente, el Juzgado emitió una ejecutoria para que ARESEP intime al ICE sobre el pago del dinero a los usuarios que fueron afectados.






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