· Por errores en el análisis de una prisión preventiva en caso de posesión y transporte de droga, ocurrido en Guanacaste
· La suspensión es sin goce de salario
Dos meses de suspensión sin goce de salario, fue lo que establecieron esta tarde los magistrados de Corte Plena, al analizar un caso de un juez de apellido Guido Jiménez, que labora para el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste.
Esta decisión la tomó el máximo Órgano Judicial, en su sesión ordinaria, luego de conocer un informe rendido por la magistrada Magda Pereira ante la queja impuesta por el Tribunal de la Inspección Judicial contra el jurista.
El proceso disciplinario se inició contra Guido Jiménez ante una resolución que tomó el pasado 31 de diciembre del 2009, cuando la Fiscalía de la zona solicitó medidas de prisión preventiva contra dos nicaragüenses por los delitos de posesión y transporte de droga para el tráfico. En esta oportunidad, la decisión del juez fue no acoger la petición de la Fiscalía pues a su criterio no se estaba frente a indicio comprobado de haber cometido delito alguno.
Esta decisión se tomó pese a que los sujetos de apellidos Rico López y Martínez, se les decomisó un maletín en el que al parecer transportaban un kilo de cocaína, en las cercanías de la frontera con Nicaragua.
La decisión de los magistrados que integran Corte Plena, avalaron el informe que analizó la denuncia disciplinaria contra el juez Guido Jiménez y el cual llegó a la conclusión de que “…En este caso, habría que contextualizar que se trataba de los actos preliminares, pues apenas se había logrado la detención de los justiciables, uno de los cuales portaba en su equipaje de mano, aproximadamente un kilo de cocaína, encontrándose en las inmediaciones de la zona fronteriza con Nicaragua, a altas horas de la madrugada y en una época de alto tránsito migratorio –último día del año-, todo lo cual sugería, de manera prioritaria, que podría estarse, con razonable probabilidad, frente a una conducta de transporte internacional de drogas o la posesión de drogas para el tráfico, al menos, respecto del sujeto a quien se encontró la droga. El análisis del juez excluyó cualquier aplicación de medida cautelar aduciendo la inexistencia de indicios comprobados, con lo cual confunde la inexistencia de datos previos de los acusados que los ligaran con el tráfico o transporte de drogas, de la específica conducta descubierta: la posesión en las inmediaciones de la frontera y portando un tiquete de viaje, de un kilo de cocaína”.
