jueves, 19 de junio de 2014

Calidad por Descarga

Tras el anuncio de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) y la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), entidades que yo muy equivocadamente creía que su objetivo era el control para evitar el abuso, no me queda más que una gran intriga. 

El cobro de la internet por descarga parece más un cuento de terror digno de Freddy Krueger  (A Nightmare on Elm Street,1984), que uno de Heidi (1880, suiza: Johanna Spyri.), peor a final de cuentas son solo eso: un puro cuento, y yo agregaría, un puro cuento chino.

Todos hemos sufrido, y no me equivoco al decir todos, la mala calidad no solo en el servicio de la internet propiamente dicha, sino además en la cobertura celular, también en los planes, en la falacia de la velocidad de conexión, que por cierto nunca se cumple lo que le cobran, y hasta en la atención de las quejas: donde no sirve el Call Center (normalmente en otro país para que no tengan donde apedrearlos), algunos ni atienden en las redes sociales y menos un correo.

Lo malo no es necesario detallarlo, ya todos los padecemos. Lo bueno, bueno..., lo bueno es tan poco, que también todos lo conocemos.

Pero entre fallas de cobertura, fallas de velocidad, fallas de atención al usuario y fallas de calidad, más parece que este tema debería analizarlo el Ovsicori (Observatorio Vulcanológico y Sismológico) antes que la Sutel y la Aresep.

El usuario no puede estar sujeto a la descarga, porque esta simplemente es limitada o nula o se encuentra fuera del área de cobertura. Por tanto, cobrar una descarga a baja velocidad o con interrupciones intermitentes, es como pretender cobrar una tarifa de bus donde el bus no sirve, no camina, o cuando camina lo hace a empujones, o en el peor de los casos, el bus nunca llegó o se varó de camino. Es exactamente el mismo caso. Entonces la pregunta surge: ¿Cuál es la razón para considerar a las empresas prestatarias de un servicio público como lo es la internet móvil, a contar con un trato privilegiado versus el concesionario de buses?

Ver a las entidades reguladoras como la Sutel y la Aresep haciendo el papel casi de abogado del diablo, de relaciones públicas, de motivadores, de agentes de ventas de las operadoras Claro, Movistar y Kolbi, me deja un sin sabor, o como dirían algunos, señal de que: "Algo huele mal en Dinamarca" (Hamlet, de William Shakespeare) 

Que bien sería, por el contrario, ver acciones concretas de estas entidades haciendo lo que deben hacer, lo que la ley les manda: Controlar; y no incentivar prácticas poco amigables.

Si pretenden cobrar por descarga, entonces que cobren por esa velocidad de descarga, seguramente serían los concesionarios quienes nos tendrían que pagar a los usuarios y no al revés.

El absurdo y ya trillado argumento de que el 5 por ciento de los usuarios de la telefonía celular hacen un excesivo uso de la internet, es un asunto que deben verlo con ese 5%, no con el restante 95%. ¿No les parece?

Pero aun hay algo más grave en todo esto. El uso de las comunicaciones en un mundo lleno de las nuevas tecnologías, está amarrado desde sus raíces con la libertad de información, la libertad de comunicación y la libertad de prensa. cualquier acción que vaya en sentido contrario, coartando o imponiendo censura de cualquier tipo, bajo cortinas de costos, son solo una mampara para no revelar lo que está detrás. 

Constitucionalmente no creo que se pueda soportar una medida económica para censurar, coartar o reprimir este derecho. Lo que el papel es a los periódicos en Venezuela, Panamá o Cuba, sin mencionar otros escenarios, lo es la internet a los medios digitales, a las redes sociales, o a los medios tradicionales que se nutren de los servicios tecnológicos y por ende de la internet. 

¿Será un tema que enderazará la Sala Constitucional nuevamente, como ya lo han hecho?

Por ahora solo me queda decirles a Sutel, Aresep, Claro, Telefónica Movistar y Kolbi,... no me Cobren por Descarga, denme: Calidad por Descarga.

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viernes, 30 de mayo de 2014

Texto de la nota enviada en marzo 2012 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos acusando a Nicaragua por el Atentado de La Penca

2012-03-06 JD 117-12 
Señor Santiago Canton Secretario Ejecutivo 
Comisión Interamericana de Derechos Humanos 
cidhdenuncias@oas.org 1889 F Street, N. W. 
Washington, D.C. 20006 
USA Fax. 1-202- 458-3992. 
 Estimados señores:
 El suscrito JOSÉ RODOLFO IBARRA BOGARÍN, mayor, casado, Licenciado en Periodismo, con cédula de identidad número tres -doscientos cincuenta y cinco -quinientos sesenta y siete, en mi condición de Presidente de la Junta Directiva del COLEGIO DE PERIODISTAS DE COSTA RICA, cédula jurídica tres – cero cero siete - cuarenta y cinco mil doscientos veintisiete - cero uno, organización creada mediante ley número cuatro mil cuatrocientos veinte, de fecha veintidós de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve, publicada en el Diario Oficial La Gaceta doscientos quince, de veintitrés de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve, cuya sede se encuentra en la ciudad de San José, Costa Rica, del Gimnasio Nacional cien metros al norte. 
 En atención a su nota de fecha 7 de febrero de 2012, me permito referirme al informe presentado por el Estado costarricense y aporvechar para aportar prueba nueva, que con seguridad incidirá en denuncia. 

Sobre el informe del Estado costarricense: La tesis central del informe, como lo expresa el señor Ministro de Relaciones Exteriores en nota del 5 de febrero de 2010, es que las autoridades nacionales han actudado de manera diligente y oficiosa, no obstante por tratarse de un proceso en el que no se ha localizado al imputado, les es imposible avanzar en el mismo. De la lectura del informe se desprende, con claridad, que no es cierta la oficiocidad y diligencia que menciona el señor Ministro. 
En las páginas del informe de marras, se puede apreciar que las gestiones útiles para el avance del caso han sido producto o de las intervenciones de las victimas quienes hasta la fecha han intentado mantener la causa activa o de la presión ejercida por la prensa, el Estado no ha actuado de oficio como lo obliga el tipo de crimen cometido, prueba de ello es que al señor Roberto Vidal se le identifica como autor del delito desde 1992 y no es sino hasta el año 2008 que se gira la alerta ante INTERPOL, 16 años después y como reacción de las autoridades ante una gestión de las victimas. 
Si lo anterior no fuese suficiente para demostrar la incurria de la autoridades, me permito adjuntar al presente oficio la copia en dvd de la película denominada “Goodbye Nicaragua” del señor Peter Torbiörnsson, en ella se encuentran elementos que con seguridad, si como lo señala el señor Ministro las autoridades estuviesen siendo diligentes, habrían debido de activar el aparato judicial a fin de investigar y acuzar a quienes señala el señor Torbiörnsson, como autores intelectuales del atentado, no obstante al día de no hoy hay una sóla actuación en esa línea. En consecuencia se rechaza, categoricamente, la afirmación de que el Estado costarricense ha actuado de manera diligente y oficiosa puesto que, como queda señalado, ante un hecho nuevo no ha habido ninguna diligencia útil para acusar o al menos investigar si los los autores intelectuales, denunciados por el señor Torbiörnsson, tienen responsabilidad en la comisión del delito. 
Las denuncias señaladas en el video, por lo graves de su contenido y por tratarse, como lo señala en su nota el Ministro Stagno, de un crimen de lesa humanidad, serían motivo suficiente para que se hubiese actuado de oficio. Sobre la prueba nueva y sus implicaciones: Como se señala se aporta el dvd que contiene la película en titulada “Goodbye Nicaragua”, en la que se indica que la orden de ejecutar el atentado vino de las autoridades nicaraguenses, concretamente del entonces Ministro del Interior, Tomás Borge, del señor Renan Montero ex Jefe de la contrainteligencia nicaraguense y de Lenin Cerna ex Jefe de inteligencia nicaraguense, la sola mención de estas personas como autores intelectuales, debió de generar acciones tales como citar al señor Torbiörnsson, para que declaráse sobre los hechos por él denunciados toda vez que este periodista es la persona que lleva o acompaña al sujeto que presuntamente puso la bomba. No obstante no ha habido una sóla diligencia en este sentido, con lo cual se confirma que esta denuncia tiene plena validez y es el único medio para que a las victimas se les haga justicia. 
Por otra arte no puede obviarse que el crimen buscó dos objetivos claros, el primero asesinar al señor Eden Pastora, quien por esa época era el lider de la oposición al gobierno nicaraguense y sus autoridades, así se afirma en la película, intentaron silenciarlo, lo cual constituiría un eventual acto de terrorismo de estado, como se señala en el video. El segundo objetivo de la acción fue, que en el caso de no morir el señor Pastora, como en efecto sucedió, impedirle que pudiese informar de las acciones que seguiría la Alianza Revolucionaria Democrática (ARDE) contra el gobierno de la época, ello constituye una violación a la libertad de expresión, la del señor Pastora obviamente y la de los ciudadanos de conocer de hechos que en la época era relevantes, con ello se violentó, por parte de las autoridades nicaraguenses a la luz de lo señalado por el video, lo prescrito en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. 
En razón de lo anteriormente señalado se solicita ampliar la presente denuncia contra Nicaragua, por violación a los artículos 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, pues nunca investigaron el crimen, a pesar de haber sucedido en su territorio y si lo hubiese hecho jamás emitió resolución alguna, y no sólo no lo hicieron en 1984, sino que aún hoy, en que han aparecido nuevas evidencias en la que se implica de manera directa a altas autoridades del Estado nicaraguense, tampoco lo han hecho. Estando frente a un crimen de lesa humanidad, la actuación debió ser de oficio. 
En consecuencia por los hechos aquí señalados, a la luz de lo visto en la película, la ampliación de la denuncia contra Nicaragua es, además de lo indicado, por la violación del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, ello por cuanto el plan delictivo tuvo un doble objetivo: acallar una voz contraria al gobierno nicaraguense, e impedir que se informara, por parte de la prensa, de esas posiciones, con lo cual estamos ante una acción estatal que violentó la libertad de expresión. 
Se solicita una reparación integral del daño causado, tanto material como moral, para las víctimas y sus descendientes en caso de los que fallecieron, las estimaciones se harán en momento correspondiente, no obstante se señala que no siendo posible el restablecer a las víctimas en el pleno goce de sus derechos se solicitan se concedan medidas de reparación, a fin de resarcir los daños de manera integral
Este nota será enviada además de por correo electrónico, mediante mensajería a fin de hacer llegar el video indicado. 

Agradeciendo la atención se despide, 

Atentamente, 

JOSÉ RODOLFO IBARRA BOGARÍN 
Presidente 
COLEGIO DE PERIODISTAS DE COSTA RICA

viernes, 28 de marzo de 2014

Devuelvan la Defensoría a los Habitantes


http://www.prensalibre.cr/comentarios/100837-devuelvanladefensoria.html
Escrito por José Rodolfo Ibarra Bogarín  
El Soberano ha hablado. El pueblo ha ordenado. El clamor popular nos orienta a la búsqueda del cambio. A lograr resultados de fortalecimiento de la democracia y darle respuesta rápida y concreta a los habitantes de esta nación.
Nos asomamos a la consolidación del sistema democrático electoral, pero además tratamos de forzar la vista para proyectar nuestras necesidades bajo un Gobierno nuevo, ávidos de conocer los nuevos rostros de quienes ejercerán el control de las instituciones de Estado. No por nada, avanzamos con una mariposa en el estómago pero además con muchas esperanzas, muchas ilusiones y sobre todo muchos deseos de cambio en diferentes ámbitos. El mandato sí es muy claro. La toma de decisiones debe ser inclusiva, llamando a todos los sectores, incorporando a minorías y respetando a mayorías. Haciendo gala de lo que nos ha enseñado nuestra historia patria: buscando el diálogo primero, concretando soluciones después.
La clase política costarricense ha forjado esta patria. Pero los habitantes hemos marcado el camino. En ocasiones lentos de reacción, pero a final de cuentas siempre por mandato popular, enderezando caminos, o caminando sobre los pasos de otros que abrieron brecha. Por años y años, prácticamente desde su creación, la Defensoría de los Habitantes de la República (DHR) ha estado en manos de políticos, diputados, familiares de políticos, apellidos de abolengo, amigos, patrocinadores y colaboradores de candidatos; esta vez no es la excepción, cuando en el Congreso se barajan nombres a la sazón de este mismo marco.
                               
Tender puentes y no levantar muros

Mi propuesta sigue en manos de quienes ocupan una curul en la Asamblea Legislativa: una Defensoría de los Habitantes que no solo señale con el dedo, sino que se involucre en la búsqueda y consecución concreta de soluciones. Trabajar con una Defensoría de los centros penitenciarios, trasladar las Contralorías de Servicios a la DHR y dotarles de un fuero especial similar al que tienen las auditorias con la Contraloría General de la República, lograr una mejor y mayor capacitación al personal de la DHR para reforzar la forma de atención de las denuncias públicas. Digitalizar la DHR para lograr una mayor penetración y un mejor acceso a la denuncia. Buscar un proceso democrático de elección popular del Defensor mediante reformas a la ley que permitan además separar esta escogencia del proceso electoral nacional. Son algunas ideas básicas de acción. Pero todo ello se logra solamente uniendo fuerzas, estrechando lazos, derribando muros, levantando puentes. ¡Esa... es mi tesis!
Hago un llamado a todos los diputados buenos de corazón, a los honestos y a los dignos, a los luchadores, a los que siguen a su voz interna, a quienes obedecen a su conciencia antes que a acuerdos calculados y a quienes inteligentemente razonan el voto, para darle a la Patria un nuevo Defensor, salido de las entrañas mismas del pueblo, de la sociedad civil, de sus habitantes y, por supuesto, de quienes hicimos el proceso de selección tal cual manda la Ley. A ustedes, diputadas y diputados, a quienes la Nación llamó para cumplir un rol en el devenir de Costa Rica, a ustedes en quienes el país depositó su confianza hace cuatro años, a ustedes a quienes ahora corresponde regresar al pueblo, a ustedes a quienes se les recordará siempre, a ustedes a quienes les corresponde dar su último esfuerzo desde la trinchera de una curul, a ustedes distinguidas y distinguidos legisladores, a ustedes a quienes una Patria sabrá darles, más temprano que tarde, las gracias por haberle devuelto la Defensoría a los habitantes, a ustedes: ¡muchas gracias!

jueves, 27 de marzo de 2014

SALA CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL EL CARÁCTER SECRETO DE LAS SESIONES LEGISLATIVAS

Orgulloso de la gestión que hicimos en el Colegio de Periodistas junto a mis compañeros Silvia Arias y Carlos Hidalgo que no solo me acuerparon con la decisión de presentar esta Acción de Inconstitucionalidad sino que me impulsaron e inspiraron. Gracias a ellos hoy la Patria tiene nueva jurisprudencia que evita que por antojo los diputados puedan de un plumazo declarar secretos donde no debe. La transparencia, como dice la Sala, le es a la Asamblea Legislativa, natural de su propio ejercicio político. ¡No más secretos!. Les adjunto el comunicado de la Sala Constitucional (negritas no son del original. José R. Ibarra):
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La Sala Constitucional, mediante el Voto No. 2014-4182 declaró inconstitucional que la sesión legislativa en la que se conoce del levantamiento del fuero de improcedibilidad penal a un miembro de un supremo poder (diputados, presidente, vicepresidentes, Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, contralor y sub-contralor y magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones), sea secreta

Se estimó que en el quehacer legislativo debe imperar la transparencia y la publicidad con mayor intensidad, por cuanto, el legislativo debe ser el poder más translúcido de todos los que integran el Estado, sobre todo cuando ejerce control político. 

De otra parte, la Sala Constitucional estimó que, de manera inconstitucional, la Asamblea Legislativa estableció en el artículo 191 del Reglamento de la Asamblea Legislativa que la sesión sería secreta a contrapelo del artículo 117, párrafo in fine, de la Constitución Política que establece como regla o principio la publicidad de las sesiones legislativas, independientemente si se ejerce una función materialmente legislativa (dictado de leyes) o de control político. 

La Sala Constitucional potenció la publicidad o transparencia establecida como regla en el artículo 117, párrafo in fine, de la Constitución Política, al disponer lo siguiente: “Las sesiones serán públicas salvo que por razones muy calificadas y de conveniencia general se acuerde que sean secretas por votación no menor de las dos terceras partes de los Diputados presentes”. La Sala Constitucional desprendió varias consecuencias jurídico-constitucionales del artículo 117, párrafo in fine, de la Constitución: Primera: Se establece como una regla o principio la publicidad y la transparencia de las sesiones legislativas, independientemente, del tipo de función ejercida, ya sea si es materialmente legislativa o de control político, lo que resulta plenamente congruente con los postulados del Estado Constitucional de Derecho. No debe distinguirse donde la Constitución no lo hace. Segunda: Como una excepción calificada a los principios de la transparencia y publicidad en el devenir legislativo y, por ende, de aplicación e interpretación restrictiva, se admite la posibilidad de celebrar sesiones secretas, bajo ciertas circunstancias normativas específicas. Tercera: El carácter de excepción singular a los principios de transparencia y publicidad queda de manifiesto, cuando el constituyente exige la concurrencia de ciertos requisitos y conceptos jurídicos indeterminados, tales como que medien “razones muy calificadas” y “de conveniencia general”; adicionalmente para excepcionar los principios de publicidad y de transparencia se precisa de una votación calificada de dos tercios de los diputados presentes. Cuarta: La excepción, al suponer el sacrificio de los preciados principios de publicidad y transparencia, inherentes a las labores de un parlamento dentro del contexto de una democracia representativa y participativa, debe establecerse casuísticamente o para cada caso concreto, no pudiendo hacerse de modo general y abstracto para todo un tipo de asuntos. Quinta: Pese a la también reconocida potestad de auto-normación de la Asamblea Legislativa para dotarse de su propio reglamento interno (artículo 121, inciso 22, de la Constitución), no puede aprovecharse la misma para derogar los principios de publicidad y de transparencia para un tipo de asuntos, por cuanto, la regla que se extrae, como se apuntó, del artículo 117, párrafo in fine, de la Constitución Política es que el carácter secreto debe ser dispuesto caso por caso. Sexta: La posibilidad de acordar una sesión secreta por el plenario legislativo, al suponer una derogación de los principios de transparencia y publicidad, debe ser, necesaria e imperativamente, motivada ofreciendo las razones y los motivos fácticos y jurídicos que obligan a tomar una determinación tan extrema, evitándose, de esa manera, que quede librada al capricho o veleidad de una mayoría parlamentaria, con lo que, de paso, se impide una desviación de poder en el ejercicio de una facultad constitucional discrecional y, por consiguiente, cualquier arbitrariedad (principios constitucionales de interdicción de la arbitrariedad, razonabilidad y de proporcionalidad). Séptima: La decisión de sesionar, deliberar y votar un asunto concreto en secreto tomada según los requisitos y los conceptos jurídicos indeterminados que contempla el artículo 117, párrafo in fine, de la Constitución Política, estará sujeta al control de constitucionalidad para la verificación de los límites de la potestad constitucional de carácter discrecional otorgada a una mayoría parlamentaria. Los Magistrados Fernando Castillo Víquez y Luis Fernando Salazar Alvarado, salvaron el voto y declararon sin lugar la acción.
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jueves, 6 de marzo de 2014

Tiempos de cambio requieren de una Defensoría fuerte e imparcial

Hoy más que nunca, a la luz de los últimos acontecimientos políticos, considerando el panorama de la Nación, tomando en cuenta el interés de la Patria, y anteponiendo las necesidades de los habitantes que claman por un cambio en el accionar de nuestros dirigentes, es momento de hacer un alto en el camino, reflexionar, y actuar de acuerdo con el mandato popular. 
Vuelvo e insisto, en que la Defensoría debe ser devuelta a los habitantes por parte de quienes son los únicos llamados a hacer esta acción: las y los diputados.
Como lo he dicho sin cansarme, creo en nuestros congresistas que actúan con dignidad, creo que hay gente honorable y comprometida con Costa Rica, creo que hay buenas voluntades al igual que buenas acciones, creo firmemente, que los buenos somos más.
Pero esa gente de honestidad en la función pública debe no solo serlo, sino también demostrarlo, con acciones concretas y decididas, con medidas de conciencia, con sabiduría y también con la inteligencia emocional que hoy se necesita.
Devolver la Defensoría a los habitantes, más allá de acuerdos ya caducos, son una manera de decirle al pueblo costarricense que entienden el llamado, que se lee entre líneas y que ustedes al igual que yo, somos de los mismos, de la gente común y corriente.
Al no provenir del sector político, ni contar con un apellido de abolengo, pero sí haber demostrado que hay capacidad para tender puentes, derribar muros, y lograr consensos, mi candidatura es cada vez más potable, digna de ser considerada por ustedes amigas y amigos legisladores.
Ahora se trata de unir, de crear eslabones, de compactar esfuerzos por darle a nuestro pueblo un mejor país para vivir.
Ser firmes cuando es necesario, pero además conversar, convencer y comunicar, son los pilares de la nueva visión que necesitará la Defensoría que deberá estar bien cimentada, con legitimidad y legabilidad, en un tiempo de vientos de cambio.
Por todo ello, les insisto con todo respeto, en considerar mi nombre para ocupar el puesto de Defensor de los Habitantes. Uno de sus últimos actos como congresistas debe ser limpio, sincero y de acuerdo con los requerimientos de la Patria. ¡Estoy seguro que así lo harán!
Atentamente,
Ccc. José Rodolfo Ibarra Bogarín
Ciudadano Común y Corriente
06/03/14

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miércoles, 5 de marzo de 2014

DECLARACIÓN CONJUNTA VENEZUELA

Quienes suscriben, Oscar Arias Sánchez, Fernando Henrique Cardoso, Ricardo Lagos y Alejandro Toledo, hemos acordado formular la siguiente declaración conjunta:

Hemos venido observando con preocupación y alarma los acontecimientos que se han desarrollado en Venezuela durante las últimas semanas.
Manifestaciones estudiantiles de protesta pacífica contra las políticas del gobierno, que son normales en cualquier sociedad democrática, han sido objeto de una represión desproporcionada por parte de la fuerza pública y de ataques por parte de grupos armados ilegales que algunos medios vinculan con partidos políticos en el gobierno.
A partir de esos hechos ha venido produciéndose una alarmante escalada de violencia y un rápido deterioro de la situación de los derechos humanos en el país. La violencia ha cobrado ya varias vidas por heridas de bala; estudiantes detenidos han informado públicamente que han sufrido torturas y tratos inhumanos y degradantes por parte de las autoridades; se ha hostigado a la prensa independiente y se ha obstaculizado que los medios de comunicación informen sobre los acontecimientos, incluyendo la eliminación del aire de un canal internacional de televisión y la amenaza de hacer lo mismo con otro, agresiones físicas a periodistas y la falta de papel para la prensa escrita.
Adicionalmente, la protesta cívica y la oposición democrática han sido criminalizadas. Se amenaza con procesos penales a numerosos estudiantes presos; el señor Leopoldo López, líder de un partido opositor, ha sido precipitadamente privado de su libertad e inculpado por diversos delitos, con un sesgo notoriamente político y otros líderes democráticos son perseguidos penalmente por razones políticas.
Condenamos esos hechos y urgimos al Gobierno venezolano y a todos los partidos y actores políticos a establecer un debate constructivo, conforme a los cánones de la democracia reconocidos universalmente y plasmados en la Carta Democrática Interamericana.
Llamamos muy especialmente al Gobierno para que contribuya a crear sin demora las condiciones propicias para ese debate, con una agenda compartida y sin exclusiones. Para ello es indispensable que se ponga cese de inmediato a la persecución contra los estudiantes y los líderes de oposición, incluida la liberación del señor Leopoldo López y de todos los detenidos o perseguidos por razones políticas. 
Igualmente, es imperativo que se adelante una investigación independiente y transparente sobre las denuncias de torturas y otras violaciones a los derechos humanos y que se ponga cese al hostigamiento a la prensa independiente, incluido el restablecimiento de la señal del canal internacional de TV abolido por el Gobierno. Es también indispensable que las manifestaciones de protesta de los partidos de la oposición y de otras organizaciones sociales se mantengan dentro de los cauces pacíficos que han de regir en una sociedad democrática y del respeto debido al mandato de las distintas autoridades del país, en los términos pautados por la Constitución venezolana.
Como amigos que somos de la democracia venezolana, confiamos que ese país logre superar la extrema polarización y la intolerancia que han dominado la escena política en los últimos años, males que han venido erosionando la eficacia de las diversas instancias internas para el debate democrático, así como la confianza en la independencia e imparcialidad de numerosas y relevantes instituciones.
Al mismo tiempo, hacemos un llamado a la comunidad internacional a sumarse a un esfuerzo concertado para el fortalecimiento de la democracia y la preservación de la paz en Venezuela.
5 de marzo de 2014
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lunes, 3 de marzo de 2014

Estimadas y estimados congresistas:

Hace cuatro años la elección de la defensora de los Habitantes, doña Ofelia Taitelbaum, resultó espuria a la luz del Artículo 17 del Código de Ética del PAC (Se eligió Defensora siendo diputada de ese cuatrienio).

Mantenerla es darle legitimidad a ese proceso y ratificar una elección que según los criterios PAC no es procedente. Salvo claro está, que el tiempo limpie los procesos dolosos o anti éticos, que no parece ser el caso.

Así mismo debe darse alternabilidad de género que tampoco lo veo si su decisión es la de apoyar a doña Ofelia.

De ustedes con todo respeto.

José Rodolfo Ibarra
Candidato a Defensor de los Habitantes.

 17.- Nombramientos que debe realizar el Poder Legislativo: Para ocupar cualquier cargo que deba ser elegido por la Asamblea Legislativa, las y los diputados del Partido Acción Ciudadana no apoyarán a ningún candidato que sea o haya sido durante ese cuatrienio legislador o autoridad política del Gobierno. Para realizar esos nombramientos se guiarán exclusivamente por la capacidad, la formación profesional, la calidad ética y la trayectoria de las o los candidatos. También se preocuparán por lograr la equidad de géneros, sobre la base de que los puestos Código de Ética de las y los Diputados Partido Acción Ciudadana
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miércoles, 26 de febrero de 2014

Carta abierta al Poder Legislativo: con motivo de la intromisión del Candidato Johnny Araya

Estimadas diputadas y diputados:

Con profunda indignación y un gran sin sabor, recibí la noticia de la propuesta que hizo el candidato del segundo lugar Johnny Araya para que Miguel Ángel Gutierrez Saxe ocupara el puesto de Defensor de los Habitantes. 

Hablamos de la misma persona que hace cuatro años postuló su nombre a la misma Comisión Permanente de Nombramientos de la Asamblea Legislativa, y que en aquella ocasión obtuvo un 0 de calificación con lo cual quedó fuera, precisamente con votos del mismo PLN que en aquella oportunidad decidió votar por doña Ofelia ya hoy no tan querida por el partido de la que fue diputada mientras era electa defensora.

Hoy, para ese mismo partido, el candidato idóneo es al que cuatro años atrás no le dieron ni un punto. No entro a cuestionar su capacidad que lejos está de la duda, sino su misma decisión de no participar en el proceso de este año.

Hace unos días les envié un correo solicitándoles se respete el proceso emprendido por dicha Comisión y partir de los seleccionados en ambas ternas. Ahora, insisto ante ustedes con todo respeto para hacer valer ese procedimiento y que no se haga caso de los acuerdos politiqueros de mesas de segunda clase que, en compadrazgos electoreros, algunos quieren consolidar en la política del botín repartido. 

Si don Miguel Ángel quería ser considerado para ese puesto, ¿por qué no se postuló y realizó el proceso que todos hicimos? Es una falta de respeto aceptar un puesto de a dedo, pero es más indigno que un candidato de segunda siga manipulando a algunos diputados (no todos por dicha) cual si fueran títeres de un circo.

Cabe la duda entonces de: ¿Para qué una Comisión de Nombramientos si se puede esperar sentado en un escritorio a que le ofrezcan el puesto del día, cual si fuera un menú de esos de casado de a mil? ¿Para qué pagar dietas de los diputados integrantes de dicha Comisión, salarios de los funcionarios, gastos administrativos, sin entrar a analizar los gastos de tiempo, certificaciones, trabajo de otras instituciones, gasolina, taxis, parqueos, vacaciones o permisos de quienes sí participamos del proceso de selección? En este caso lo mejor sería entonces cerrar una Comsión a la que se brincan con poco impulso hoy sí, ayer y mañana también, al va y ven de calores electorales y como tienda de conveniencia para algunos que no adecentan el arte de la política.

Yo sigo confiando y creyendo, en que dentro de la Asamblea Legislativa, hay diputados de honestidad y dignidad, que hoy más que nunca sabrán devolverle la Defensoría a los habitantes, un lugar del que nunca ha salido. 

Con sinceridad,

Ccc. José Rodolfo Ibarra B.
Ciudadano Común y Corriente
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miércoles, 19 de febrero de 2014

MOMENTO DE DECISIÓN




Estimadas y estimados Congresistas de la Nación:


El día de mañana jueves se aprestan a darle a la patria uno de los puestos de mayor importancia para el país: el Defensor de los Habitantes de la República.

Los tiempos que se avecinan, sabemos todos, no serán fáciles, al contrario la inteligencia emocional, el diálogo, el convencimiento, tender puentes y derribar muros, deben ser una política de la DHR.

Al mismo tiempo  debemos utilizar toda las herramientas que nos permite el sistema democrático y jurídico con el que contamos, para que los tiempos de paz se mantengan, para que nuestro pueblo no sea atropellado pero que también se respeten las instituciones en su actuar siempre amparado al marco de la ley. 

Necesitamos una Costa Rica inclusiva, que proteja sí a las minorías, pero que en ese alero se considere también el criterio de las mayorías; que se proteja a las mayorías pero que en ese afán no se olvide a las minorías. Sí, es una tarea difícil, pero la comunicación hará que aquello que nos divida pueda ser revertido y esas diferencias sean más bien lo que nos una como una sola patria, y con respeto entre todos.

Con amplia experiencia en la función pública y del accionar de nuestras instituciones, pero además con probado conocimiento de las necesidades de los habitantes, ante ustedes, con la humildad y la fuerza que me da el ser un ciudadano común y corriente (como decía Ramiro de León Carpio, expresidente Guatemalteco), me permito presentar mi nombre, lejos de cualquier atadura política, lejos de cualquier fanatismo, lejos de cualquier interés más que el de servir a mi patria querida y amada. 

Les solicito con vehemencia, respetar el trabajo de sus compañeros de la Comisión Permanente de Nombramientos, quienes han hecho una labor ardua para buscarle a la Nación el mejor Defensor y escoger dentro de las nóminas propuestas.

La nueva visión que les ofrezco es la que aprendimos los periodistas que ejercemos honrada y éticamente nuestra profesión, una profesión que nos convierte en defensores de los habitantes innatos, donde quiera que estemos, es natural para nosotros esta posición, es una visión diferente, más social, más inclusiva, más equilibrada y con los fundamentos de nuestras propias creencias.

Es por ello que les pido, que se pongan una flor en el ojal, para que en los últimos días de su mandato como legisladores y legisladoras, nombren en la Defensoría a un ciudadano de la sociedad civil, sin ligámenes políticos, que no viene del abolengo, lo que tampoco es malo, pero que hoy otro perfil se ocupa a la luz de los acontecimientos, y que de ser así le devuelvan la Defensoría a los habitantes.

Que Dios bendito, cualquiera que sea la creencia que tengan de ÉL, les ilumine en su decisión, por el bien de nuestra amada Patria.

Con sinceridad,
Ccc. José Rodolfo Ibarra B.
Ciudadano Común y Corriente
19 febrero 2014

jueves, 13 de febrero de 2014

lunes, 25 de febrero de 2013

ACUERDO PARA REFORMA DE LEY DE DELITOS INFORMÁTICOS

  • Presidencia de la República y Colegio de Periodistas logran consenso   
  • Elimina frase “Informaciones políticas secretas” y cambiaría a “secretos de Estado debidamente decretados” 
  • Texto base contó con apoyo de consejo de Directores de Medios 
San José, 25 de febrero. Tras varios días de conversaciones entre los Ministros de Presidencia y Comunicación con directivos del Colegio de Periodistas de Costa Rica, se llegó a un texto de consenso que permitirá presentar a la Asamblea Legislativa las modificaciones pertinentes para reformar la Ley de Delitos Informáticos y Conexos. 

El texto logra un adecuado balance entre el respeto a la libertad de prensa y la protección del derecho a la intimidad de las personas, punto de consenso entre gobierno y prensa. El término “informaciones políticas secretas” sería eliminado de los artículos 293 y 295 y en su lugar se hará referencia a “secretos de Estado debidamente decretados”. 

El texto acordado también reconoce el interés público de las informaciones y establece que sólo se reprimirán las publicaciones cuando exista daño a la intimidad o privacidad de una persona y no haya un interés público de por medio. 

Para Carlos Ricardo Benavides, ministro de la Presidencia, “el Poder Ejecutivo ha reiterado que el término que estaba establecido en los artículos mencionados del Código Penal, aunque por 50 años no había generado ninguna condena en contra de alguna persona, podía crear dudas a la hora de su aplicación”. 

n la misma línea, José Rodolfo Ibarra, presidente del Colegio de Periodistas de Costa Rica, fue enfático en señalar que la reforma es de urgencia, y que desde la publicación de la Ley de Delitos Informáticos, se ha insistido en reuniones con los directores de los medios de comunicación y diversos grupos de la sociedad civil, para tomar acciones que garanticen el mayor acceso para recopilar, procesar y divulgar la información de interés público y la garantía que tiene la sociedad de estar debida y correctamente informada. 

Ibarra aseguró que “este esfuerzo realizado en conjunto demuestra lo que hemos sostenido desde un principio: que hay que darle una oportunidad a la democracia para que trabaje, para que todos los aparatos del Estado funcionen en bien del interés público y nunca en favor de unos pocos. Labor que no solo ha sido del Colegio sino de muchos periodistas y organizaciones afines”

El ministro de Comunicación Francisco Chacón señaló que “este Gobierno se ha caracterizado por defender y respetar la libertad de prensa y la libertad de expresión, y aunque nunca han estado en riesgo, era mejor cambiar la ley para evitar suspicacias y posibles malas interpretaciones”. El proyecto también reduce las penas de cárcel aplicables, dando la posibilidad de su ejecución condicionada. 

Tanto el Gobierno como el Colegio de Periodistas hacen una respetuosa instancia a las y los diputados de todas las fracciones para que acojan el texto acordado.
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lunes, 19 de noviembre de 2012

Una silla vacía 

Compañeras y Compañeros, hoy iniciamos esta sesión con un hecho inédito en nuestra historia patria: hay una silla vacía, antes ocupada por un magistrado independiente, honesto, de intachable carrera y reconocido como uno de los mejores juristas del país, todo por una clara censura a sus opiniones como juez, dadas dentro del marco de la ley, así como de censura a la línea jurisprudencial del tribunal que integra: la Sala Constitucional, según ha expresado el vocero del partido de Gobierno. 
Se ha dicho que se trata de una advertencia a la Corte Suprema de Justicia o “una llamada de atención”, porque no hay justicia pronta y cumplida, y porque la Sala se ha extralimitado en sus funciones. Esos argumentos apuntan a que la justicia, y por lo tanto la aplicación de la ley, se ven como un estorbo a la gobernabilidad del país, al mejor estilo autoritario. No hubo debate transparente sobre cuáles son esas sentencias, si se habrán dado más bien en aplicación de la propia Constitución. Pareciera que cuando se aplica la Constitución y la ley, ello estorba a quienes se ven afectados en sus intereses. 
Se olvidan que la alternativa de vivir una Constitución de adorno, de papel, es lo que tiene condenados a tantos países a vivir sin dignidad. El mensaje de esa llamada de atención, en la forma en que se ha hecho, es una clara amenaza a la independencia judicial y a los cimientos de la democracia misma. Se trata de una burda excusa para buscar una línea de pensamiento y actuación complaciente, de que esa mayoría todo lo puede, especialmente callar al disidente, es decir, silenciar la rica diversidad democrática, todo en nombre de una gobernabilidad mal entendida o manipulada. 
Es cierto que el Poder Judicial costarricense tiene muchos retos y debilidades que superar, muchos de ellos consecuencia del colapso del estado de bienestar y la incapacidad del Estado para materializar la Constitución Política, es decir de cumplir con el pacto social por medio de políticas públicas. Todo ese malestar, se ha traducido en que ahora las demandas sociales se litigan. Esa judicializaciòn que tanto molesta a un sector de los políticos, no es más que un grito de auxilio de una sociedad que clama por justicia social y por soluciones. 
En síntesis, es el propio fracaso de la política y la debilidad de las instituciones democráticas de representación, así como el deterioro de los espacios tradicionales de mediación social, los que tienen al país al borde del abismo, y que han contribuido, a trasladar a la esfera judicial conflictos que antes eran dirimidos por medio de los órganos de representación política. 
Hay que ser realmente miope para ver el árbol y no el bosque. Si este fenómeno de judicializaciòn o desplazamiento de poder hacia la judicatura, es un grado de mayor madurez de la democracia, como dice un sector de la doctrina, o no, es una discusión a la que el Parlamento y la clase política se debieran avocar a discutir con seriedad, con el fin de hacer viable la materialización de nuestro proyecto ideológico, uno en el que el país produzca con eficiencia, reparta con justicia y en donde la equidad y dignidad humana sean respetados en todos los ámbitos de nuestra sociedad. 
Si el Parlamento quiere reivindicarse que empiece por allí, pues no se va a reivindicar, debilitando el sistema de frenos y contrapesos de nuestro sistema político, es decir, a costa de la democracia. Tampoco se destruye la esencia del Poder Judicial, que es su independencia, para probar que tenemos retos que superar. La vocación democrática de los padres de la patria debiera ser el norte que nos guiara a todos para poder enfrentar esos retos como hicieron nuestros constituyentes cuando vieron los problemas y debilidades de la justicia de entonces. Optaron por fortalecerla, con el auxilio de don Pepe, que en su sabia visión supo que no perduraría la paz sin un sistema de justicia sólido e independiente. 
De tal forma que si los políticos han de meter la mano en la justicia que sea para venir a ver cómo se puede ayudar a mejorar, que leyes hay que cambiar, qué programas hay que financiar para que la sociedad no tenga que estar condenada a criminalizar la pobreza por falta de políticas de prevención y atención de las poblaciones más vulnerabilizadas de este país. 
Denuncio que lo que aquí ha sucedido, es un ultraje a la justicia con el fin de buscar magistrados alineados y que la sociedad costarricense debe estar alerta frente a nuevas campañas de desprestigio de mayor debilitamiento contra los magistrados, producida por las mismas fuerzas oscuras que han cohonestado este triste episodio de nuestra historia; todo como una cortina de humo para esconder el verdadero fondo de sus intenciones: una Corte complaciente, que además de tener a su resguardo la justicia misma, custodia nada menos que dos tesoros de nuestra patria: la Fiscalía y el propio Tribunal Supremo de Elecciones. 
Sí, compañeras y compañeros, ciudadanos que nos escuchan, esta silla vacía, es una mancha en nuestra historia. Pero también quiero decirles que está muy lejos de intimidar a los jueces y juezas de este país. Por el contrario, me siento orgulloso de la valentía mostrada por los cientos de funcionarios y funcionarias judiciales que han alzado su voz para denunciar lo ocurrido y reafirmarle al pueblo costarricense que el Poder Judicial no tiene miedo. Insto a las señoras Diputadas y señores Diputados y a la propia Presidenta de la República, a que sepan rectificar este gravísimo error, porque lejos de reivindicar el Parlamento, están enterrando la patria.

Luis Paulino MORA
PRESIDENTE
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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lunes, 13 de agosto de 2012

SALA CONSTITUCIONAL SC-CP-46-12
San José, 13 de agosto de 2012.
COMUNICADO DE PRENSA: 

 La Sala Constitucional mediante resolución de las 15:11 hrs. del 13 de agosto de 2012, en el proceso de amparo presentado por el periodista Randall Rivera Vargas contra el Tribunal de Juicio de San José por algunas limitaciones en cuanto a la cobertura del debate oral en el proceso seguido contra Carlos Pascal, al darle curso, tomo la siguiente medida cautelar: “(…) 

MEDIDA CAUTELAR. Con fundamento en el artículo 41 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que habilita al Magistrado Instructor para dictar en el proceso de amparo“ (…) cualquier medida de conservación o seguridad que la prudencia aconseje, para prevenir riesgos materiales o evitar que se produzcan otros daños como consecuencia de los hechos realizados, todo conforme con las circunstancias del caso (…)”, se adopta la siguiente medida cautelar de carácter urgente ante la inminencia en la realización del debate: Debe el Tribunal de Juicio de San José, integrado por el juez Ricardo Barahona Montero y las juezas Patricia Araya Umaña y Linda Casas Zamora, en el juicio que se sigue contra Carlos Pascal, garantizarle a todos los medios de comunicación colectiva y periodistas que puedan ejercer la cobertura eficiente, suficiente e idónea de la noticia provocada por la realización del juicio oral y público en el caso citado. Asimismo, deben permitirle a los medios de comunicación colectiva y periodistas utilizar los instrumentos tecnológicos que mejor garanticen la cobertura y publicidad del debate, pudiendo establecer como únicas restricciones las que, fundada y razonablemente, se puedan establecer con estricto apego a los ordinales 330 y 331 del Código Procesal Penal. 

Desde luego que, también, deberá tenerse en consideración el derecho del imputado, víctimas y personas que deben rendir declaración de no grabar su voz o imagen, previsto en el párrafo segundo del artículo 331 del Código Procesal Penal. Esta medida cautelar se fundamenta en las razones siguientes: En un Estado Constitucional de Derecho rige, como principio y regla constitucional, la publicidad y la transparencia de los debates penales o juicios orales, tanto que así lo reitera el numeral 330 del Código Procesal Penal. Sólo en casos de interpretación restrictiva, excepcionales y tasados se puede disponer la privacidad total o parcial de un juicio oral y público en materia penal, sea en los supuestos e hipótesis que prevé la citada norma. 

Consecuentemente, no puede haber interpretaciones extensivas de las normas excepcionales y menos aún ampliar las excepciones tasadas por vía de interpretación judicial. Los conceptos jurídicos indeterminados contenidos en las normas del Código Procesal Penal deben ser interpretados por los jueces y juezas restrictivamente para actuar los principios constitucionales de publicidad y transparencia. 

De otra parte, la ciudadanía tiene el pleno derecho fundamental y humano de ser informada de cualquier cuestión de interés público o de relevancia pública como lo es un juicio oral o debate penal donde se discute la comisión de un delito, asimismo los medios de comunicación colectiva y los periodistas, contribuyen con su labor a la formación de una opinión pública libre y de esa forman coadyuvan en la consolidación de un Estado democrático, por lo que no deben tener limitaciones en sus funciones o éstas deben ser las mínimas que establezca el ordenamiento jurídico (…)” Sala Constitucional
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miércoles, 18 de abril de 2012

Presidenta Chinchilla anuncia medidas fiscales complementarias a los esfuerzos en marcha

Comunicado de Prensa de la Presidencia de la República

  • Iniciativas en marcha y adicionales significarían un rendimiento del 0.8% del PIB
  • Varias de ellas requieren de aval legislativo, incluyendo presentación de nuevo Proyecto de Ley para el Manejo Eficiente del Gasto Público


San José, miércoles 18 de abril de 2012. La Presidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda, anunció esta noche una serie de medidas fiscales complementarias a las que ya se vienen ejecutando y ante la incertidumbre en la tramitación del proyecto de Solidaridad Tributaria.
La Mandataria aseguró que las medidas adicionales se toman con el fin de contener el déficit sin sacrificar el nivel de inversión que el país ha alcanzado en materia social y de infraestructura vial.
Las medidas anunciadas por la Presidenta se suman a las que ya ha venido implementado su administración tales como el congelamiento de la planilla del Estado en cerca de 1000 plazas y el congelamiento de salarios de los jerarcas del Poder Ejecutivo.
“Ya recortamos gastos no prioritarios. Ya congelamos los salarios de ministros, viceministros, presidentes ejecutivos y gerentes de instituciones autónomas; y por supuesto, el salario de mis vicepresidentes y el mío propio. Gracias a estas medidas, ya economizamos 100 mil millones de colones el año anterior y hemos contenido el crecimiento de ese déficit”, señaló la Presidenta. Las medidas adicionales anunciadas por la Jerarca son:
1. Creación de la factura electrónica para garantizar el pago de impuesto de ventas.
2. Eliminación de las exenciones tributarias de que gozan varios productos suntuarios.
3. Venta de bienes inmuebles propiedad del Estado.
Además, anunció la presentación de un nuevo proyecto de Ley para el manejo eficiente del gasto público, que contiene normas como:
a. El congelamiento de salarios y pensiones altas.
b. El congelamiento de las dietas en Juntas Directivas.
c. La reducción del financiamiento a los partidos políticos.
d. La eliminación de exoneraciones a las remesas de utilidades al exterior.
e. La autorización para el traslado de superávits libres y otros recursos del resto del sector público al Gobierno Central.
f. La autorización a las entidades públicas a cobrar por ciertos servicios no esenciales.
g. El establecimiento de reglas fiscales para contener el crecimiento del gasto y hacer más eficiente su gestión.
Estas acciones, explicó la Presidenta, sumadas a las que ya se han venido realizando, representarán cerca de un 0,8% del Producto Interno Bruto, y procuran que el déficit fiscal al final de su administración, no supere el 5% de éste, en caso de que se posponga el ingreso de nuevos tributos. La mitad de ese 0.8% dependerá de las leyes que se tramitan en la Asamblea Legislativa.
“Arreglar el grave problema fiscal del país no depende únicamente de la voluntad de mi Gobierno. Nunca dejaré de asumir mi responsabilidad y ustedes son testigos de las luchas que he librado. Sin embargo requerimos también de la voluntad de las y los diputados. Ahora es aún más urgente, que se pronuncien favorablemente sobre las nuevas leyes que les hemos enviado, especialmente la que nos permitirá mejorar las condiciones de colocación de nuestra deuda interna”, afirmó la Presidenta.

Tras el anuncio de estas medidas, la Presidenta subrayó que en materia de recaudación, su Gobierno ha diseñado mecanismos para facilitar el pago de los impuestos y ha combatido de manera valiente la evasión fiscal y el contrabando.
“Por primera vez, una persona fue condenada por evasión de impuestos: no permitiré impunidad en esta materia. Quien incurra en delitos tributarios deberá enfrentar las consecuencias, sin excepción”, agregó Chinchilla Miranda.
Finalmente, la Sra. Presidenta señaló que claramente estas medidas no resolverán en definitiva el problema fiscal, pero servirán para contener los efectos de postergar una legislación que modernice y haga más progresiva la estructura tributaria del país.



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martes, 10 de abril de 2012

SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE CONSULTAS LEGISLATIVAS SOBRE EL PLAN FISCAL

La Sala Constitucional resolvió las consultas legislativas facultativas 12-3518-0007-CO y 12-3544-0007-CO presentadas por Adonay Enríquez Guevara y otros sobre el proyecto de Ley denominado Solidaridad Tributaria.

Por unanimidad, el Tribunal evacuó las consultas legislativas en el sentido que en el trámite legislativo del expediente No. 18.261 (Proyecto de Solidaridad Tributaria) se produjeron los siguientes vicios esenciales del procedimiento de carácter evidente y manifiesto: a) El Presidente de la comisión especial modificó o reformó el procedimiento especial del artículo 208 bis, sin que el Pleno de la Asamblea Legislativa lo hubiere así dispuesto por una mayoría calificada o agravada, todo para prorrogar el plazo para dictaminar el proyecto y b) al haberse aprobado en la comisión especial un número considerable de mociones de fondo que implicaron, en su conjunto, una modificación o cambio sustancial del proyecto originalmente presentado, sin haber sido debidamente publicadas.

Por la forma en que se evacuan las consultas se omite pronunciamiento en cuanto al resto de los extremos planteados. La Magistrada Calzada y los Magistrados Armijo, Cruz y Castillo ponen nota. La votación fue conformada por la magistrada Calzada Miranda y los magistrados Mora Mora, Armijo Sancho, Jinesta Lobo, Cruz Castro, Castillo Víquez y Rueda Leal. Sala Constitucional


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miércoles, 29 de febrero de 2012

Más allá de una Picarita

En días pasados el Ministerio de Educación Pública anunció a lo largo y ancho del territorio nacional, que al menos este año la dieta de los escolares ya no sería el típico paquete de galletas, el juguito o la leche en cajita, ni mucho menos la empanada, el gallo de salchichón o la nunca despreciable hamburguesa, aunque fuera hecha en casa o en la pulpería misma, ni qué decir de la soda interna de la escuela.

Los gloriosos días del Balcón de los Triglicéridos, o del Palacio del Colesterol o de La Princesa Diabética habían terminado. La salud se campea radiante en los pasillos de escuelas y colegios de Costa Rica.

Pero, ¡ALTO!, un momento... aquí pasa algo.
Todos los llamados “productos prohibidos”, antes conocidos como comidas chatarra o ricas … en grasas y azúcares, ya no se venden dentro de los centros educativos es cierto, pero, ¿y qué hay de las ventas callejeras o informales, muchas pegadas a las mallas de estos centros donde al estilo pirañístico los jovenzuelos se arremolinan y entre gritos, patadas y manotazos (como decía un buen amigo ya en manos de Dios) lograban el trofeo de comprar, a sobre precio por cierto, lo que ya no venden en la soda de la escuela?

Es aquí justo donde ya me cuestiono, y no lo hacía antes, si la medida del MEP fue la más correcta o no (¿?), o si fue completa o incompleta, o si fue necesaria o innecesaria, o en el mejor de los casos, ¿si esta medida debió o no darse?

Regulaciones que dicho sea de paso han sido suficientemente cuestionadas tanto por los sodaconcesionados, primeros y más afectados con la medida, como por parte de nutricionistas expertos en el tema, y por la misma Cámara de Expendedores de Alimentos, para quienes la medida fue irracional.

¿No se habrá limitado, restringido o afectado al que paga la Caja de Seguro Social, el permiso de la escuela, la compra directa al fabricante, y abierto el portillo al mercado informal, al que no cuenta con permisos de salud, patentes y a lo mejor no sabe de manipulación de alimentos?

El azúcar es la fuente de energía número uno por excelencia y es la primera que se elimina en la lista de “productos prohibidos”, las frutas por antonomasia portadoras de azúcares, y la leche por su pecado graso son otros de los que, al igual que los vende drogas, se quedarán por fuera de la malla.

Creo que sería bueno un replanteamiento de la medida, que no digo que sea mala, que permita primero, una mayor educación en la materia tanto para los pequeños como para los padres de familia, a final de cuentas responsables de la educación de sus hijos y cajeros automáticos de los chiquillos que compran en las afueras, y segundo, un estudio previo en conjunto con los docentes y productores de estas comidas con el fin de establecer, en conjunto, una dieta ya no digamos balanceada, pero si orientada, a una forma más sana de vida.

Por último, lo que se llegue a prohibir debe ser tratado igual que la patente de alcohol, a cien metros del centro educativo, sino ¿qué sentido tiene?

Cierro diciendo: cómo diría una colega: no sé... digo yo... digo yo... no sé.

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viernes, 10 de febrero de 2012

SALA CONSTITUCIONAL AVALA EL COBRO DE LOS NUEVOS SERVICIOS DEL REGISTRO PUBLICO PERO ORDENA QUE LOS ANTERIORES QUE ERAN GRATUITOS SE MANTENGAN EN ESA CONDICION

En votación de mayoría, la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo presentado por el Colegio de Abogados contra el acuerdo del Registro Nacional que ordenó implementar un nuevo sitio web de consulta, en el cual se cobrará por los servicios. 
En este caso, la Sala avaló el cobro por la consulta de los nuevos servicios del Registro Público, no así aquellas consultas que el Registro venía otorgando gratuitamente.
La magistrada y los magistrados consideraron que el cobro de los nuevos servicios se justifica, dado los costos en que debe incurrir el Registro Público para su prestación, siempre y cuando se respete, en todo momento, el principio de servicio al costo. 
No así con las anteriores consultas que se brindaban de forma gratuita, ya que los recursos actuales del Registro han permitido su financiamiento.
El magistrado Rueda da razones diferentes. La magistrada Calzada Miranda  y los magistrados Jinesta Lobo y Cruz Castro salvan el voto y declaran con lugar el recurso en todos sus extremos.  El magistrado Cruz Castro expone argumentos adicionales.
El voto salvado de la Magistrada Calzada y de los Magistrados Jinesta y Cruz,  declarando con lugar en todos sus extremos el recurso de amparo, se fundamentó en las siguientes razones:
El artículo 30 constitucional garantiza el acceso a toda la información administrativa de interés público. Todos los libros, datos y planos que constan en los Registros que integran el Registro Nacional, son información de interés público.
El acceso a la información de interés público debe ser, por principio, gratuita, solo cuando se le genere un costo a los poderes públicos es preciso que el ciudadano los cubra. El Registro Nacional no puede cobrar tarifas por acceder información de interés público.
Existe un nuevo derecho o derecho de la cuarta generación que consiste en la facultad de los ciudadanos de acceder por medios electrónicos los archivos, registros y bases de datos en poder de los ente públicos, que debe ser fomentado en el marco de la sociedad de la información y ante el surgimiento de las nuevas tecnologías de la información y comunicación. El Registro Nacional, únicamente, está legislativamente habilitado (artículo 12 de la Ley de Creación del Registro Nacional) para cobrar por “servicios extraordinarios” que suponen un procesamiento previo y una innovación, no por acceder los planos, libros y demás datos que constan en los Registros que integran el Registro Nacional. En todo caso, el artículo 12 de la Ley de Creación del Registro Nacional está subordinado al artículo 30 constitucional que no puede ser enervado por una norma legal de rango infraconstitucional.     
El expediente fue resuelto por sentencia  2012-1799 de las 10:50 hrs. del 10 de febrero de 2012.Sala Constitucional
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