jueves, 25 de febrero de 2010

Costa Rica se mete en conflicto Nica Colombiano por el Caribe

El Ministerio de Relaciones Exteriores envió este comunicado en donde explica que Costa Rica vio la necesidad de intervenir en el conflicto por el Caribe entre Colombia y Nicaragua, dado que ambos tocan zonas marítimas en derecho de Costa Rica.
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Costa Rica solicita autorización a la Corte Internacional de Justicia para intervenir en calidad de no parte en el caso de Nicaragua contra Colombia.

El Gobierno de la República de Costa Rica ha presentado el día de hoy, 25 de febrero de 2010, una solicitud formal ante la Corte Internacional de Justicia para intervenir, en calidad de no parte, en el caso sobre la Disputa Territorial y Marítima entre Nicaragua y Colombia.

La solicitud se ha presentado de conformidad con el procedimiento que al efecto establece el artículo 62 del Estatuto de la Corte, y por el cual el Alto Tribunal debe primero decidir si acepta o no la solicitud de intervención.

El Vicecanciller costarricense y Agente designado para el caso, Edgar Ugalde Alvarez, se entrevistó hoy con el Secretario de la Corte Internacional de Justicia, señor Philippe Couvreur, e hizo entrega de la solicitud costarricense a las 16.00 horas en La Haya (9.00 hora de Costa Rica).

En el mes de septiembre de 2008, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto solicitó a la Corte que los documentos pertinentes a dicho caso le fueran remitidos conforme fueran presentados por las partes, dado el interés de Costa Rica en el asunto por ser vecino marítimo de ambos países en esa disputa. La Corte accedió, y desde entonces Costa Rica ha venido recibiendo los documentos respectivos. Nicaragua inició el caso contra Colombia reclamando espacios marítimos en el Mar Caribe, por lo que la sentencia que la Corte emita tendrá el efecto de establecer los límites definitivos entre Nicaragua y Colombia en dicho Mar.

Luego de hacer una minuciosa revisión de los últimos documentos presentados ante la Corte por las partes, Costa Rica encontró que tanto Nicaragua como Colombia, en mayor y menor medida respectivamente, habían hecho planteamientos a la Corte que afectarían derechos e intereses costarricenses en el Mar Caribe.

En el caso de Nicaragua, se encontró que dentro de sus pretensiones en el Mar Caribe, presentó ante la Corte documentos y mapas que, en su límite sur, se traslapan significativamente con áreas marítimas que Costa Rica considera le corresponden como Mar Territorial y Zona Económica Exclusiva, de conformidad con el Derecho Internacional. Esas áreas traslapadas constituyen varios miles de kilómetros cuadrados, incluyendo espacios que podrían contener recursos energéticos y pesqueros.

En relación con Colombia, en su pretensión para la fijación de un límite marítimo con Nicaragua, se incluyó una línea con dirección sur que potencialmente se traslapa con áreas marítimas en las que Costa Rica considera tener derechos de conformidad con el Derecho Internacional.

Costa Rica también desea informar a la Corte acerca de otros aspectos relacionados con ese caso que podrían tener otros efectos sobre el país, según sea la decisión final que la Corte pudiera tomar sobre la disputa.

El procedimiento especial establecido en el artículo 62 del Estatuto de la Corte le permite a un Estado apersonarse en un proceso con el único objeto de informar a la Corte acerca de los intereses legales del país que puedan verse afectados por el resultado del caso, a fin de que la Corte los tenga en cuenta cuando emita su fallo sobre ese litigio, de manera que éstos intereses no se vean afectados por el fallo.

La solicitud de intervención de Costa Rica no es un gesto inamistoso para con ninguno de los Estados parte en ese litigio, y su único propósito es procurar que la decisión de la Corte no afecte los derechos e intereses que Costa Rica tiene en el Mar Caribe de conformidad con el Derecho Internacional.

Antes de emitir una decisión acerca de si acepta la solicitud de intervención de Costa Rica, la Corte escuchará a ambas partes en el caso. Si la solicitud es aprobada, dará a Costa Rica un plazo prudencial a fin de que presente por escrito lo que desea informar al Alto Tribunal sobre los intereses legales que desea salvaguardar.

Además del Vicecanciller Ugalde, el equipo jurídico costarricense está conformado por el experto internacional Coalter Lathrop, profesor de derecho internacional de la Universidad de Duke en los Estados Unidos, así como por los asesores costarricenses, Sergio Ugalde y Arnoldo Brenes, expertos en derecho internacional y que cuentan con experiencia ante la Corte Internacional de Justicia


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